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Contravenciones - Ordenanza 2495/02

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C16
Contravenciones


ORDENANZA 2495/02

TIGRE, 20 de diciembre de 2002.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2495/02, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria de Prórroga del 17 de diciembre de 2002, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Incorpóranse los artículo 95c), 104 bis y 104 ter, a la Ordenanza 1101/90, “Código Contravencional del Partido de Tigre”, conforme el siguiente texto:

ARTICULO 95 c): Será penado con multa del 0,60 % al 10 % la puesta en actividad o funcionamiento de industrias de cualquier tipo, sin contar con planos de instalaciones electromecánicas o la tenencia de los mismos sin adecuarse a la potencia realmente instalada.

ARTICULO 104 BIS: Será penado con multa de 0,30% al 10 % e inhabilitación de hasta 30 días el responsable de comercio que no se encuentre inscripto en el Registro de Comercializadores de Pilas del Partido de Tigre, cuando el tipo de actividad así lo requiera.

ARTICULO 104 TER: Será penado con multa de 0,30 % al 10 % e inhabilitación de hasta 30 días el responsable de comercio que no deposite pilas botón, micropilas, y/o pilas recargables en los contenedores provistos por la Municipalidad de Tigre. En la misma pena incurrirá el responsable de comercio que no entregue lo depositado a las empresas de transporte y tratamiento de residuos especiales que integran el programa ambiental creado al efecto.

ARTICULO 2.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 17 de diciembre de 2002.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2495/02.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese. Cúmplase.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1207/02