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Expropiaciones - Ordenanza 2489/02

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E11 
Expropiaciones 


ORDENANZA 2489/02

TIGRE, 4 de diciembre de 2002.-


VISTO:

La Ordenanza Nº 2489/02, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 26 de noviembre de 2002, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1.- Institúyese como acción prioritaria el Programa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Tigre.

ARTÍCULO 2.-   Facúltase al D. E. a crear un Registro de ocupantes de las zonas y/o barrios donde se lleven adelante los programas.

ARTÍCULO 3.- Créase un Registro Municipal de ocupantes del Barrio Las  quintitas, Las Tunas, General Pacheco, Partido de Tigre, Nomenclatura Catastral Circunscripción III, Sección N, quintas 30 a 42, cuya nómina actualizada formará parte integrante de las ordenanzas de expropiación números  2283/00, 2317/00 - quintas 31 y 34; 2365/01, 2442/02 – quinta 32; 2390/01, 2403/01, 2428/02 – quinta 33; 2394/01, 2437/02 -quinta 35; 2413/02, 2438/01 –quinta 36; 2411/02, quinta 37; 2416/02, 2438/02 -quinta 38;  2415/02, 2438/01 –quinta 39 ; 2431/02 quinta 40-, 2410/02 -quinta 41; 2414/02 –quinta 42; 2448/02 - quinta 30. 

ARTÍCULO 4.- Facúltase  al D.E. para la venta a los ocupantes que se verifiquen en el momento que el trámite expropiatorio permita la transferencia dominial.

ARTÍCULO 5.- Facúltese al Departamento Ejecutivo a contratar escribanos, agrimensores u otros profesionales que resulte necesario para el cumplimiento de los planes de regularización dominial dentro del Partido de Tigre, como asimismo a realizar la modificación presupuestaria que resulte necesaria para la imputación del gasto que demande su cumplimiento.  

ARTICULO 6.-  Facúltase al D.E. a celebrar convenios; tomar posesión de bienes inmuebles y/o ceder derechos y acciones posesorias; levantar y solicitar aprobación de planos de mensura y/o subdivisión, unificación etc.; disponer de inmuebles municipales en venta, permuta, dación en pago; compensar deudas con los titulares de dominio de los inmuebles afectados al programa; eximir de las Tasas municipales de ejercicios anteriores y hasta el ejercicio 2000 a los inmuebles cuyos ocupantes puedan regularizar su situación dominial conforme las disposiciones de la Ley 10.830 sobre escrituración de interés social; solicitar la aprobación de planos conforme  el Decreto Provincial 2210/80.    
 
ARTÍCULO 7
.- Proporcionar información al Honorable Concejo Deliberante sobre los programas de regularización dominial ya iniciados y los que en el futuro se inicien.

ARTÍCULO 8.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 26 de noviembre de 2002.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2489/02.-


ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.


ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase por la Secretaría de Gobierno.

 



Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1154/02