MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T1
Transito
RESOLUCION 2466/97
TIGRE, 29 de diciembre de 1997.-
VISTO:
Que por inciso 4 del Artículo 1º del Decreto 987/95, se dispuso que la restitución de automotores secuestrados por infracción a las normas vigentes, se realice por el Juzgado de Faltas mediante comunicación a la Secretaría de Gobierno, quien ordenará a la Dirección de Tránsito que ejecute tal restitución, y,
CONSIDERANDO:
Que a los requisitos necesarios para la mencionada restitución, corresponde incorporar la verificación de pago de la multa impuesta por el Juzgado Municipal de Faltas, a los efectos de garantizar el cumplimiento del circuito completo vigente para este tipo de infracciones.
Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 697/97
RESUELVE
ARTICULO 1.- Para la restitución de automotores secuestrados en la vía pública por infracción a las normas vigentes, establecido en el inciso 4 del artículo 1º del Decreto 987/95, deberá verificarse como requisito previo el pago de la multa impuesta por el Juzgado Municipal interviniente.
ARTICULO 2.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese. Cúmplase.
Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 2466/97