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Patrimonio - Resolucion 2462/97

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P11


RESOLUCION 2462/97

Corresponde expte. 4112-26.347/97

TIGRE, 26 de diciembre de 1997.-

VISTO:

   Que por Ordenanza 1994/97 se facultó al Departamento Ejecutivo a celebrar comodato con la SOCIEDAD DE FOMENTO ALMIRANTE BROWN, con domicilio en calle Gelly y Obes 3045, El Talar, asignando el predio  municipal identificado  catastralmente Circunscripción II, Sección S, Manzana 44, parcela 3c, con destino a sede de Escuela de Formación Profesional y Escuela para Adultos, y,

CONSIDERANDO:

   Que corresponde registrar el comodato celebrado en cumplimiento de la Ordenanza antes mencionada.

   Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93


RESUELVE

 

ARTICULO 1.- Regístrese el comodato celebrado con la SOCIEDAD DE FOMENTO ALMIRANTE BROWN, en cumplimiento de la Ordenanza 1994/97, que seguidamente se transcribe:

En la ciudad de Tigre, a los veintiséis días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y siete, entre la MUNICIPALIDAD DE TIGRE, representada en este acto por el titular del Departamento Ejecutivo, Contador RICARDO JOSÉ UBIETO, con domicilio en Avda. Cazón 1514, Tigre, en adelante el COMODANTE, y la SOCIEDAD DE FOMENTO ALMIRANTE BROWN, con domicilio en Gelly y Obes 3045, El Talar, representada en este acto por su Presidente, Don Miguel Rómulo Tesei, DNI 4.882.351, en adelante el COMODATARIO, resuelven celebrar el presente contrato de comodato sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El presente tiene por objeto el cumplimiento de la Ordenanza  1994/97, promulgada por Decreto 1606/97, que seguidamente se transcribe: “Facúltase al Departamento Ejecutivo a celebrar comodato con la SOCIEDAD DE FOMENTO ALMIRANTE BROWN, con domicilio en calle Gelly y Obes 3045, El Talar, asignando el predio  municipal identificado  catastralmente Circunscripción II, Sección S, Manzana 44, parcela 3c, con destino a sede de Escuela de Formación Profesional y Escuela para Adultos”.

SEGUNDA: El comodante hace entrega en préstamo de uso, y el comodatario recibe de conformidad, el predio y sus instalaciones identificado como Circunscripción II, Sección S, Manzana 44, parcela 3c, con vigencia de cinco (5) años renovables por iguales periodos en forma automática salvo que cualquiera de las partes comunique a la otra con sesenta (60) días de anticipación su decisión en contrario.

TERCERA: El comodatario se compromete a utilizar el bien motivo del presente comodato, exclusivamente como sede de Escuela de Formación Profesional y Escuela para Adultos, dejándose expresamente establecido que cualquier otro uso resulta violatorio de la Ordenanza 1994/97 y autoriza al comodante a rescindir este contrato de pleno derecho, con obligación inmediata de restituir.

CUARTA: El presente contrato de comodato se extingue: a) Por expiración del plazo de duración establecido. B)  Por decisión anticipada de partes conforme cláusula segunda. C) Por modificación del uso expresamente autorizado en la Ordenanza 1994/97.

QUINTA: El comodatario asume la responsabilidad de mantenimiento del bien recibido en perfectas condiciones de uso, no pudiendo realizar modificaciones, ampliaciones, y/o adaptaciones que no fueren previamente autorizada por el comodante. En caso de incumplimiento se considerará falta grave quedando rescindido el presente acuerdo con obligación inmediata de restituir.

SEXTA: Toda notificación judicial o extrajudicial se efectuará y será válida en los domicilios fijados en el exordio. Las acciones judiciales emergentes del presente se ventilarán por ante los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de San Isidro.

Se firman de conformidad tres ejemplares de igual tenor y a un solo efecto.-

ARTICULO  2.- Dese al Registro Municipal de Normas. Encomiénda a Área Patrimonio el acta de traspaso con descripciónde los bienes muebles e inmuebles que integran el comodato registrado por la presente Resolución. 

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
RESOLUCION N° 2462/97