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Terrenos Fiscales - Ordenanza 2400/01

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T13
Terrenos Fiscales 


ORDENANZA  2400/01

TIGRE, 3 de diciembre de 2001.-


VISTO:
La Ordenanza Nº 2400/01, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 27 de noviembre de 2001, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Créase el FONDO MUNICIPAL DE APOYO A LA EDUCACIÓN PÚBLICA, cuyo objetivo fundamental es incrementar la infraestructura edilicia mediante la construcción de nuevos edificios escolares.

ARTÍCULO 1.- Texto introducido por Ordenanza 3140/10 promulgada por Decreto 1340 del 30 de noviembre de 2010, publicada en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre Nº 615 del 3-12-10: Créase el Fondo Municipal de Apoyo a la Educación Pública, Seguridad, Salud Pública, Infraestructura Sanitaria, Deporte, Cultura y Vivienda, cuyo objetivo fundamental es permitir la creación y/o sustentabilidad de las obras de infraestructura necesaria relacionada a tales materias.

ARTICULO 2.-  El FONDO creado por el artículo anterior tendrá el carácter de cuenta afectada y estará formado por el producto de la venta de todos los inmuebles municipales innecesarios para el cumplimiento de las funciones municipales básicas consagradas en la Ley Orgánica de las Municipalidades, ya sean dichos predios del dominio público y/o privado, incorporados al patrimonio municipal por legados, donaciones, compensaciones por pago de Tasas Municipales o por imperio de las Leyes 8912 y 9533, dejándose constancia que tales ventas se efectuarán conforme al procedimiento y condiciones puesto en vigencia por la Ley 9533, quedando facultado el Departamento Ejecutivo para incorporar a este Fondo el producto del arrendamiento de los mencionados predios para instalación de antenas de telefonía celular en el Partido de Tigre.-

ARTICULO 3.- El Departamento Ejecutivo deberá designar un funcionario que tendrá a su cargo la responsabilidad de calificar como inmueble innecesario y apto para su venta conforme el objetivo de la presente Ordenanza, a todos aquellos predios comprendidos en el artículo 2º de la misma.

ARTICULO 4.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a vender, expropiar, transferir,  comprar, permutar inmuebles, desafectar calles, celebrar convenios y contratos de arrendamiento y todos los actos enmarcados en la Ley Orgánica de las Municipalidades, Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración, Decretos Leyes 8912 y 9533, tendientes a cumplir los objetivos fijados en la presente Ordenanza.

ARTICULO 5.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a la contratación de personal técnico y/o profesional especializado en los temas específicos de la presente Ordenanza, para todos aquellos casos en que la Municipalidad no cuente con personal idóneo.

ARTICULO 6.- El Departamento Ejecutivo deberá informar al Honorable Concejo Deliberante las operaciones efectuadas por aplicación del presente régimen.

ARTICULO 7.- Créase la “Comisión de Seguimiento” de la presente Ordenanza, que se integrará con los integrantes de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas del Honorable Concejo Deliberante y cinco (5) funcionarios del Departamento Ejecutivo

ARTICULO 8.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 27 de noviembre de 2001.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2400/01.-


ARTICULO_2.- Refrenden el presente Decreto los señor Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.


ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase.-


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1720/01