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Tasas Municipales - Ordenanza 2393/01

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16
Tasas Municipales 


ORDENANZA  2393/01

TIGRE, 12 de diciembre de 2001.-


VISTO:

La Ordenanza Nº 2393/01, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 13 de noviembre de 2001, que textualmente se transcribe:


O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Modifícase el artículo 115, apartado  b), de la Ordenanza 2310/00, “Ordenanza Fiscal ejercicio financiero 2001”, el cual quedará redactado de la siguiente manera:


BASE IMPONIBLE
ARTICULO 115: B) SUPERFICIE AFECTADA:

A los efectos del cómputo del presente parámetro, se entiende como tal, a la superficie cubierta, semicubierta o libre, destinada a la actividad objeto del ámbito de imposición de la tasa, que exceda la superficie computable mínima establecida en el párrafo siguiente, de conformidad con los valores que determine la Ordenanza Impositiva anual.
Sin embargo, en aquellos casos que la superficie afectada a la actividad, supere los 130.000 m2, serán computables a los efectos de la presente tasa, únicamente la superficie cubierta destinada a la misma.
Sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo anterior quedan exceptuados de la aplicación del presente parámetro, aquellos contribuyentes que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
a) Posean una superficie computable inferior a los novecientos metros (900 m2) afectados a la actividad.
b) Se destinen en forma exclusiva, a la explotación de clínicas o colegios de enseñanza curricular.

ARTICULO 2.-  Modifícase el artículo 11, inciso c) de la Ordenanza 2311/00, “Ordenanza Impositiva ejercicio financiero 2001”, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

C) SUPERFICIES: Fíjase el valor establecido en el art. 115 de la Ordenanza Fiscal, por metro cuadrado de superficie afectada a la actividad, (superior a los 900 m2) por mes o fracción, según el siguiente detalle:
a) INDUSTRIAS
1) con superficie afectada inferior a los 130.000 m2 0,20
2) con superficie afectada superior a los 130.000 m2. 0,10
b) COMERCIOS, DEPÓSITOS Y SERVICIOS 0,25

ARTICULO 3.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 13 de noviembre de 2001.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2393/01.-


ARTICULO_2.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.


ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese. Cúmplase por la Secretaría de Economía y Hacienda.



Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Hugo Leber,
Secretario de Economía y Hacienda
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1830/01