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Habilitaciones - Ordenanza 2391/01

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H3
Habilitaciones  


ORDENANZA 2391/01

TIGRE, 29 de noviembre de 2001.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2391/01, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 13 de noviembre de 2001, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  El Departamento Ejecutivo podrá autorizar a comerciante frentistas de la Avda. Italia, en el tramo comprendido entre General Mitre y Luis Pereyra, de Tigre,  habilitados en los rubros venta de antigüedades, artesanías, muebles en pino y algarrobo, muebles rústicos, muebles de campo y similares, a ocupar hasta un treinta y cinco por ciento (35%), de la superficie de aceras, en el sector comprendido por la proyección de los ejes medianeros del inmueble habilitado, los días sábados, domingos y feriados.-

ARTICULO 2.- El Departamento Ejecutivo reglamentará la ocupación autorizada por la presente, pudiendo ampliar rubros a exhibir y fijar condiciones generales o particulares para cada sector, de acuerdo a la superficie de las aceras y al uso real de las mismas, asegurando la  libre circulación de los peatones y la visibilidad de las señales de tránsito, fijando además las condiciones a reunir por los comerciantes y las mercaderías a exhibir.

ARTICULO 3.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 13 de noviembre de 2001.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2391/01.-

ARTICULO 2.- Incorpórase el inciso 25 al artículo 1º del Decreto 912/93, con el siguiente texto:

25. Delégase en el señor Secretario de Gobierno los actos administrativos y controles correspondientes a la aplicación de la Ordenanza 2391/01.

ARTICULO_3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Verifíquese su cumplimiento por la Subsecretaría de Inspección General. Tome conocimiento Área Tasas de Industrias y Comercios.-

 



Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1667/01