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Jubilaciones - Ordenanza 2318/01

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto J1
Jubilaciones 


ORDENANZA 2318/01

TIGRE, 19 de febrero de 2001.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2318/01, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Extraordinaria del 16 de febrero de 2001, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Declárase a la Municipalidad de Tigre en emergencia administrativa, económica y financiera, a los efectos de la aplicación de la Ley 12.563.

ARTICULO 2.-  Adhiérese la Municipalidad de Tigre al régimen de la Ley 12.563, para la plena aplicación del artículo 2º de la misma.

ARTICULO 3.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a celebrar convenios con el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires u otros organismos provinciales, que resulten necesarios para la puesta en vigencia de la Ley 12.563.

ARTICULO 4.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias por aplicación de la Ley 12.563.-

ARTICULO 5 El D.E. deberá requerir la correspondiente autorización a este Honorable Concejo Deliberante  de toda medida que exceda el marco de la Ley 12.563, respecto de la Declaración de emergencia administrativa, económica y financiera, dispuesta en el artículo 1º de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 6.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 16 de febrero de 2001.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.


D E C R E T A

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2318/01.-


ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.


ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese. Cúmplase.-


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 607/01