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Infraestructura Caminos - Ordenanza 2293/00

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto I3
Infraestructura Caminos


ORDENANZA 2293/00

TIGRE, 19 de septiembre de 2000.-


VISTO:
La Ordenanza Nº 2293/00, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 12 de septiembre de 2000, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Declarase de utilidad pública la apertura y pavimentación de la Avenida del Trabajo desde su intersección con la calle Italia, y su prolongación e interconexión con rutas, avenidas o autopistas, que permita ser utilizada como vía principal de circulación y acceso a las mismas.

ARTICULO 2.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a expropiar, transferir,  comprar, permutar inmuebles, desafectar calles, celebrar convenios y todos los actos enmarcados en la Ley Orgánica de las Municipalidades, Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración, Decretos Leyes 8912 y 9533, con entes del Estado Nacional o Provincial, empresas concesionarias o permisionarias de autopistas o ferrocarriles, o cualquier otra empresa pública o privada, tendiente a concretar la obra declarada de utilidad pública por el artículo anterior.

ARTICULO 3.- Facúltase al D.E. a la contratación de personal técnico y/o profesional especializado en los temas específicos de las obras a desarrollarse para la confección de proyectos, dirección de obra y asesoramiento, para todos aquellos casos en que la Municipalidad no cuente con personal idóneo.

ARTICULO 4.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar modificaciones o creaciones presupuestarias que resulten necesarias, y a la afectación de ejercicios financieros futuros, para  el efectivo cumplimiento de la presente Ordenanza.

ARTICULO 5.- Créase la “Comisión de Seguimiento” de la presente Ordenanza, que se integrará con los integrantes de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas, del Honorable Concejo Deliberante y cinco (5) funcionarios del Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 6.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 12 de septiembre de 2000.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2293/00.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase.-


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1410/00