logo tigre
spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

Imprimir
PDF

Martilleros - Ordenanza 2286/00

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto M4
Martilleros 


ORDENANZA  2286/00

TIGRE, 19 de septiembre de 2000.-


VISTO:

La Ordenanza Nº 2286/00, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 12 de septiembre de 2000, que textualmente se transcribe:


O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Créase el REGISTRO DE MARTILLEROS TASADORES, que se dividirá en un sector de registro por cada Delegación Municipal, los que quedarán conformados cuando se inscriba un mínimo de cuatro (4) profesionales debidamente colegiados, con domicilio en la localidad.

ARTICULO 2.-  (Texto ordenado con la modificación introducida por Ordenanza 2436/02): Todo trámite de venta por el régimen de la Ley 9533, deberá efectuarse mediante la modalidad de tasación establecida en el inciso a) del artículo 21 de la misma, debiendo contar con no menos de tres tasaciones realizadas por martilleros inscriptos para la zona, o en su defecto de otras zonas, seleccionados en forma rotativa.

ARTICULO 3.-  Los aranceles de las tasaciones efectuadas deberá ser satisfecho por los solicitantes, con carácter previo a la aprobación de la venta por parte del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 4.- La venta se realizará por el valor de la mayor tasación obtenida, reservándose la Municipalidad el rechazo de todas si lo considerare procedente.

ARTICULO 5.- Por vía de reglamentación se determinará:
a) Constitución del Registro
b) Sistema de rotación
c) Causales de remoción y/u otras determinaciones para el mejor funcionamiento del Registro.

ARTICULO 6.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 12 de septiembre de 2000.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2286/00.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Reglaméntese por intermedio de la Secretaría de Gobierno.



Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1411/00