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Muelles - Ordenanza 2280/98

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto M2
Muelles 


ORDENANZA 2280/98

TIGRE, 11 de diciembre de 1998.-

VISTO:

   Que esta Municipalidad ha construido en la margen derecha del río Reconquista, a la altura de la intersección de la calle Saldías, un muelle destinado, entre otras necesidades, al servicios de lanchas taxi, y,

CONSIDERANDO:

   Que corresponde ordenar el uso de la ribera, liberando el espacio que actualmente ocupan los permisionarios del mencionado servicio, en la margen derecha del río Reconquista y su confluencia con el río Luján, ya que este sector se encuentra afectado por la obra pública de remodelación del Paseo Victorica y sus espacios verdes.

   Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

 

RESUELVE

 

ARTICULO 1.- Notifíquese a los titulares de licencia del servicio de lanchas taxis, que operan en el muelle de río Reconquista y Río Luján, que a partir del 15 de diciembre de 1998, deberán operar desde el muelle construido y habilitado por esta Municipalidad en la margen derecha del río Reconquista, a la altura de la intersección de la calle Saldías, por los motivos expuestos precedentemente, liberando en consecuencia las instalaciones utilizadas en la confluencia de los ríos Reconquista y Luján.-

ARTICULO  2.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase.


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCIÓN N° 2280/98