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Habilitaciones -Ordenanza 2240/05

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H3
Habilitaciones 


ORDENANZA  2240/05

TIGRE, 8 de mayo de 2000.-

VISTO

La Ordenanza Nº 2240/00, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 11 de abril de 2000, que textualmente se transcribe:

ORDENANZA

ARTICULO 1.- Otórgase habilitación precaria, por el término de cinco (5) años, en el rubro “Hogar para ancianos”, ubicado en la calle Maschwitz 170 de la Ciudad de Tigre, a favor de la señora María del Carmen Alcalde y los señores Jorge Alcalde y Omar Maresca.

ARTICULO 2.- Comuniquese al D.E. a sus efectos.
Sala de Sesiones, 11 de abril de 2000.-

y CONSIDERANDO

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el dictamen de la Asesoría Letrada producido a fs. 158, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades

DECRETA

ARTICULO 1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 2240/00, con la expresa constancia que la habilitación objeto de la misma queda sujeta al cumplimiento de los recaudos tenidos en cuenta para el dictado de la mencionada Ordenanza, durante la vigencia de la misma, caso contrario se producirá su caducidad de pleno derecho.

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifìquese y prosígase el trámite de la habilitación concedida, por la Dirección General de Habilitaciones de Comercios.

Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 869/00