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Licencia de Conducir - Ordenanza 2160/99

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto L3
Licencia de Conducir 


ORDENANZA 2160/99

TIGRE, 22 de abril de 1999.-

VISTO:
   La Ordenanza Nº 2160/99, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 13 de abril de 1999, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  El Departamento Ejecutivo pondrá en vigencia un curso de asistencia y aprobación obligatorias, destinado a los que soliciten por primera vez “licencia de conducir”. Dicho curso deberá reglamentarse y dictarse respetando los siguientes lineamientos:

1. Ajustado a las directivas provinciales en materia de “registro de conducir automotores”.
2. Temática comprendida en el Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires, Nº 11.430.
3. Gratuito.
4. Que no supere las tres clases teóricas, una práctica y un examen.
5. Deberá tratar, como mínimo, temas de documentación de vehículos, señalización y normas de circulación.
6. Conservar en archivo magnético o físico la constancias y el resultado del examen.

ARTICULO 2.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 13 de abril de 1999.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1º  Promúlgase la Ordenanza Nº 2160/99.-

ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase por la Dirección  General de Tránsito.


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 779/99