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Creditos - Ordenanza 2142/98

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C32
Creditos 


ORDENANZA 2142/98

TIGRE, 29 de diciembre de 1998.-

VISTO:
   La Ordenanza Nº 2142/98, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria de Prórroga del 22 de diciembre de 1998, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.- Contrátase con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, un crédito por la suma de pesos tres millones seiscientos sesenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta ($ 3.669.450), destinados a la construcción en el partido de Tigre de ciento veintisiete mil quinientos metros cuadrados (127.500 m2) de pavimento de hormigón, conforme al convenio que se solicita su aprobación por expediente 4112-5088/98, cancelable en el plazo máximo de sesenta (60) meses, mediante amortizaciones mensuales consecutivas e iguales con una tasa de interés anual del 15,5% (TNAV) fijo, todo conforme a la cláusula segunda, inciso g), del convenio antes mencionado, que textualmente se transcribe: “SEGUNDA: Corresponde a “La Dirección”: ...  g) Brindar los avales pertinentes para créditos a tomar por “El Municipio” en el marco del Convenio suscripto entre  Ministerio de Economía, Unidad Ejecutora Reconstrucción del Gran Buenos Aires y Banco de la Provincia de Buenos Aires hasta un monto de $ 3.669.450,00 (pesos tres millones seiscientos sesenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta) “El Municipio” garantizará el crédito con su coparticipación Ley 10559”.-

ARTICULO 2.- En garantía de fiel cumplimiento del compromiso contraído, la Municipalidad declara afectados los ingresos tributarios provenientes de la coparticipación de impuestos nacionales y provinciales.

ARTICULO 3.- La Contaduría Municipal deberá prever en futuros Presupuestos de Gastos las Partidas necesarias para atender los servicios de amortización e interés del crédito hasta su total cancelación.

ARTICULO 4º Déjase constancia que el préstamo a contratar conforme lo establecido en el artículo primero de la presente, no afectará el equilibrio financiero del Municipio exigido por la ley 11.582, sus modificaciones y normas concordantes.

ARTICULO 5º Por intermedio de la Contaduría Municipal realícense las gestiones necesarias para la viabilidad del crédito motivo de estos actuados.

ARTICULO 6º Fíjase los siguientes objetivos a ejecutar mediante el aporte de materiales correspondiente al convenio que se solicita su aprobación por expediente 4112-5088/98, y el crédito motivo de la presente:
1. Prioridad 1: Construcción de cuatro carriles de circulación, dos por mano, separador central y dársenas para transporte automotor de pasajeros, en Avenida de Los Constituyentes (Ex ruta nacional Nº 9), entre Arroyo Las Tunas y Ruta 197 (Avda. Hipólito Irigoyen), General Pacheco.
2. Prioridad 2: Construcción y reconstrucción de calle Belgrano, entre Boulogne Sur Mer y Panamericana y entre Panamericana y Avda. San Martín, en Don Torcuato.
3. Prioridad 3: Ensanche y  construcción de cuatro carriles de circulación, dos por mano, y dársenas para transporte automotor de pasajeros, en Avda. Boulogne Sur Mer, entre vías ferrocarril ramal Talar y Ruta 197, General Pacheco.-

ARTICULO 7º  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 22 de diciembre de 1998.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1º  Promúlgase la Ordenanza Nº 2142/98.-

ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase por las Secretarías de Obras Públicas y de Economía y Hacienda.


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1824/98