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Terrenos Fiscales - Ordenanza 2118/98

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T13
Terrenos Fiscales


ORDENANZA 2118/98

TIGRE, 1º de diciembre de 1998.-

VISTO:
   La Ordenanza Nº 2118/98, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 10 de noviembre de 1998, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO_1º Otórgase en comodato y a título de uso al club Social y de fomento Leopoldo Lugones con Personería Jurídica Nº 13.242 con domicilio en Caseros y Riobamba, Barrio Las Tunas, General Pacheco y al Centro de Jubilados, Pensionados y Tercera Edad, Las Tunas con Personería Jurídica Matrícula 14.291 con domicilio provisorio en Céspedes 274 de Las Tunas, el predio de propiedad municipal identificado como: Circunscripción III, Sección N, Manzana 37, Parcela 28, en la siguiente proporción:

a) Al Club social y de fomento Leopoldo Lugones la fracción de 84 metros por 40 metros, total de 3.360 metros cuadrados sobre calle Juana de Azurduy y al Norte.
b) Al Centro de Jubilados, Pensionados y la Tercera Edad, la fracción de 40 por 40 metros, total 1.600 metros cuadrados sobre calle Escuela de Ingenieros, al Sur.

ARTICULO 2.- El comodato será por cinco años renovables por periodos iguales, de acuerdo lo resuelva el H.C.D., a propuesta del Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 3.- El Club Social y de fomento Leopoldo Lugones asume el compromiso de reintegrar el predio dado en comodato ante el solo requerimiento de la Municipalidad para darle el destino que se considere necesario, sin que ello signifique reconocimiento alguno de resarcimiento por las inversiones realizadas.

ARTICULO 4.- El Club Social y de Fomento Leopoldo Lugones y el Centro de Jubilados, Pensionados y de Tercera Edad, no podrán hacer uso del predio sin previa aprobación del Departamento Ejecutivo del cronograma de obras y programa de trabajo.

ARTICULO_5 Comuníquese al D.E. a sus efectos.


SALA DE SESIONES, 10 de noviembre de 1998.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.


D E C R E T A

 

ARTICULO_1º  Promúlgase la Ordenanza Nº 2118/98.-


ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.


ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese por Área Entidades de Bien Público. Encomiéndase a la Dirección de Catastro la delimitación del predio y su identificación en croquis que se incrporará a estos actuados. Cumplido, intervenga la Asesoría Letrada a los efectos de confeccionar los correspondientes contratos de comodato.



Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1716/98