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Catastro - Ordenanza 2065/98

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C11
Catastro 


ORDENANZA 2065/98

TIGRE, 17 de junio de 1998

VISTO:
   La Ordenanza Nº 2065/98, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 9 de junio de 1998, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO_1º Desaféctase del dominio público y aféctase al dominio privado, el tramo de la calle Paraguay, de Don Torcuato, que corre entre las siguientes parcelas de la Circunscripción II, Sección J, Quinta 132, parcelas 14a, 15 y 16 de la Manzana 132d y parcelas 9e, 9d, 11 y 9f, de la fracción I.-

ARTICULO 2º Facúltase al Departamento Ejecutivo, en el marco de la Ley 9533, proceda a la venta del tramo de la calle Paraguay, desafectada por el artículo 1º de la presente y cuya superficie es de 759 m2., a favor de la firma FADETE S.A.I.C.I., por la suma equivalente en pesos a dólares estadounidenses cuarenta y nueve mil (U$S 49.000), conforme a la tasación practicada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal Tigre.

ARTICULO_3º Desaféctase del dominio público y aféctase al dominio privado, el tramo de la calle Chile, de Don Torcuato, que corre entre las siguientes parcelas de la Circunscripción II, Sección J, Quinta 132, Fracción I, parcelas 8a, 8b, 8c y 8d, 9f y 7.-

ARTICULO 4º Facúltase al Departamento Ejecutivo, en el marco de la Ley 9533, proceda a la venta del tramo de la calle Chile, desafectada por el artículo 3º de la presente y cuya superficie es de 379,50 m2., a favor de la firma FADETE S.A.I.C.I., por la suma equivalente en pesos a dólares estadounidenses veintiocho mil quinientos (U$S 28.500), conforme a la tasación practicada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal Tigre.

ARTICULO_5º Comuníquese al D.E. a sus efectos.


SALA DE SESIONES, 9 de junio de 1998.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1º  Promúlgase la Ordenanza Nº 2065/98.-

ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase.



Ernesto G. Casaretto
Secretario de Gobierno FIRMADO Ricardo J. Ubieto
Cdor.Pub.Nac.
Intendente Municipal

DECRETO Nº 1082
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto