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Tasas Municipales - Ordenanza 2059/98

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16
Tasas Municipales


ORDENANZA 2059/98

TIGRE, 4 junio de 1998.-

VISTO:
   La Ordenanza Nº 2059/98, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 26 de mayo de 1998, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO_1º Exímese del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene a las Estafetas Postales dependientes de Correo Argentino, que funcionen en las Localidades de Dique Luján, Villa La Ñata y Primera Sección de Islas.

ARTICULO 2.- La eximición prevista en el artículo 1º, no alcanza a los comercios que funcionen paralelamente y/o en el mismo edificio de la Estafeta Postal.

ARTICULO 3.- Requerir de Correo Argentino el apoyo económico a las Estafetas Postales a fin de que puedan mejorar el servicio, abonar sus obligaciones fiscales y dotarlo del personal necesario para que la correspondencia pueda distribuirse directamente al domicilio de los vecinos.

ARTICULO 4.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.


SALA DE SESIONES, 26 de mayo de 1998.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1º  Promúlgase la Ordenanza Nº 2059/98.-

ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y cúmplase por la Secretaría de Economía y Hacienda.-


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 971/98