MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16
Tasas Municipales
ORDENANZA 2059/98
TIGRE, 4 junio de 1998.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 2059/98, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 26 de mayo de 1998, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO_1º Exímese del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene a las Estafetas Postales dependientes de Correo Argentino, que funcionen en las Localidades de Dique Luján, Villa La Ñata y Primera Sección de Islas.
ARTICULO 2.- La eximición prevista en el artículo 1º, no alcanza a los comercios que funcionen paralelamente y/o en el mismo edificio de la Estafeta Postal.
ARTICULO 3.- Requerir de Correo Argentino el apoyo económico a las Estafetas Postales a fin de que puedan mejorar el servicio, abonar sus obligaciones fiscales y dotarlo del personal necesario para que la correspondencia pueda distribuirse directamente al domicilio de los vecinos.
ARTICULO 4.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.
SALA DE SESIONES, 26 de mayo de 1998.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1º Promúlgase la Ordenanza Nº 2059/98.-
ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y cúmplase por la Secretaría de Economía y Hacienda.-
Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 971/98