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Kioscos - Ordenanza 2012/98

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto K1
Kioscos


ORDENANZA 2012/98

Corresponde expte. 4112-960/98, HCD-60/98

TIGRE, 13 de abril de 1998.-

VISTO:
   La Ordenanza Nº 2012/98, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Extraordinaria del 8 de abril de 1998, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º  Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el señor CARLOS HUGO PANIZZA, el acuerdo transaccional textualmente se transcribe:

Entre la Municipalidad de Tigre, representada en este acto por el señor Intendente Municipal, Contador Don Ricardo José Ubieto, con domicilio en Avda. Cazón 1514, Tigre, Partido del mismo nombre, por una parte, en adelante denominada LA MUNICIPALIDAD, y el señor Carlos Hugo Panizza, con domicilio en la calle Saldías 1041, Tigre, por la otra en adelante EL CONCESIONARIO, conviene en celebrar el presente acuerdo transaccional, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: El concesionario se compromete a restituir a La Municipalidad, el predio ocupado en la calle Paseo Victorica y Liniers, que fuera otorgado por Ordenanza 1164/91 y Decreto 1012/95, dando por finalizada en forma anticipada la concesión para la explotación del comercio autorizada por la normativa antes descripta.

SEGUNDA: Por este acto el concesionario desiste de todas las acciones judiciales pendientes y del derecho a formular cualquier reclamo emergente por la concesión objeto del presente contra la Municipalidad.

TERCERA: El concesionario entregará a la Municipalidad el predio libre de ocupantes, y a plena disposición de esta Municipalidad, para lo cual se labrará la correspondiente acta con intervención del concesionario.

CUARTA: La Municipalidad reconoce como monto indemnizatorio por las construcciones realizadas, plazo anticipado de vencimiento de concesión (cuyo término de finalización operaría el 1º de septiembre de 2000), y por todo otro concepto, la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000).

QUINTA: El monto fijado en la cláusula precedente, será abonado una vez aprobado el presente convenio por el Honorable Concejo Deliberante y luego que la Municipalidad halla tomado posesión real y efectiva del espacio público oportunamente concesionado.

SEXTA: Queda establecido que el cumplimiento de la cláusula tercera por parte del concesionario se deberá realizar dentro de los diez (10) días de notificada la aprobación del presente por el Honorable Concejo Deliberante. En caso de incumplimiento lo hará la Municipalidad a costo del concesionario debitándolo del monto indemnizatorio.

SÉPTIMA: Queda establecido que una vez cumplidas en su totalidad las obligaciones fijadas en el presente acuerdo, las partes nada más tienen que reclamarse y por lo tanto quedan desistidos los derechos y acciones emergentes de la concesión otorgada por la Ordenanza 1164/91 y Decreto 1012/95.

OCTAVA: Las partes fijan domicilio en los enunciados precedentemente en donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales.
Se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, elevando este convenio al Honorable Concejo Deliberante a los fines de su tratamiento y resolución, a los ...... días del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho.

ARTICULO 2º  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 8 de abril de 1998.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

 

D E C R E T A

 

ARTICULO_1º  Promúlgase la Ordenanza Nº 2012/98.-

ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y prosígase trámite por la Secretaría de Gobierno. Intervenga la Contaduría Municipal.


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 523/98

 

VISTO:

   Las presentes actuaciones por las cuales el señor CARLOS HUGO PANIZZA, propone la rescisión anticipada del contrato de ocupación del espacio público, autorizado por Ordenanza 1164/91, y,

CONSIDERANDO:

   Que la Asesoría Letrada se expidió en forma favorable, atento que el mismo resulta conveniente a los intereses municipales, ya que posibilita la realización de la obra de remodelación del Paseo Victorica sin restricciones de ninguna naturaleza, que encararían dicha obra en caso de tener que parcializarla.