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Urbanismo - Ordenanza 2005/99

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto U2
Urbanismo


ORDENANZA 2005/99

TIGRE, 28 de diciembre de 1999.-

 

VISTO:

                                 Que el Código de Zonificación Ordenanza 1894/96, en su artículo 12, “Planilla de Usos”, parte IV “Comercios”, inciso i) “minoristas”, punto 33, consigna el uso “panaderías”, y en la PLANILLA GENERAL DE USOS, establece, según las zonas, superficie mínima de emplazamiento, y,

CONSIDERANDO:

                                Que resulta procedente reglamentar que cuando se consigna superficie mínima para el rubro panaderías, se lo hace exclusivamente para aquellas que comportan el rubro fabricación, ya que tiene por finalidad el emplazamiento correcto de la “cuadra”, no siendo exigible este requisito cuando se trate exclusivamente de venta.

 

                                   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 3, de la Ley Orgánica de las Municipalidades

 

DECRETA

 

ARTICULO_1.- Los trámites de habilitación del rubro “panaderías”, contemplados en el Código de Zonificación Ordenanza 1894/96, artículo 12, “Planilla de Usos”, parte IV “Comercios”, inciso i) “minoristas”, punto 33, deberán identificar desde su inicio, si se trata de venta o implica fabricación.

 

ARTICULO 2.- Las exigencias de superficie mínima consignadas en la “planilla general de usos” del Código de Zonificación Ordenanza 1894/96, tiene vigencia exclusivamente para el rubro panaderías con fabricación, no siendo exigible para el caso de panaderías sin fabricación.

 

ARTICULO_3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

 

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase.

 


  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y DigestoFirmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.

DECRETO N° 2005/99