MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T13
Terrenos Fiscales
ORDENANZA 1994/97
TIGRE, 9 de diciembre de 1997.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 1994/97, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 25 de noviembre de 1997, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º Facúltase al Departamento Ejecutivo a celebrar comodato con la SOCIEDAD DE FOMENTO ALMIRANTE BROWN, con domicilio en calle Gelly y Obes 3045, El Talar, asignando el predio municipal identificado catastralmente Circunscripción II, Sección S, Manzana 44, parcela 3c, con destino a sede de Escuela de Formación Profesional y Escuela para Adultos.
ARTICULO 2º Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 25 de noviembre de 1997.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1º Promúlgase la Ordenanza Nº 1994/97.-
ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese. Cúmplase por Secretaría de Gobierno.-
Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1606/97
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales la SOCIEDAD DE FOMENTO ALMIRANTE BRWON, solicita se le transfiera el predio designado catastralmente Circunscripción II, Sección S, Manzana 44, parcela 3c, con destino a sede de Escuela de Formación Profesional y Escuela para Adultos, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un predio municipal desactivado desde la inauguración del Centro de Salud Almirante Brown, motivo por el cual resulta procedente acceder a lo solicitado atento la importancia comunitario de los fines perseguidos.