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Puerto - Ordenanza 1978/97

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P9
Puerto


ORDENANZA 1978/97

TIGRE, 5 de noviembre de 1997.-

VISTO:

   La Ordenanza Nº 1978/97, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 28 de octubre de 1997, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º  Fíjase en diez (10) años  a partir de la fecha de promulgación de la presente, el plazo de arrendamiento y habilitación concedidos a la firma PLAYTRONIC S.R.L. por Resoluciones de Secretaría de Gobierno números 999/97 y 1568/97, para explotar los rubros “parque de diversiones y anexo locales comerciales y parquización”, en el Mercado de Frutos de Tigre.-

ARTICULO 2º  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 28 de octubre de 1997.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1º  Promúlgase la Ordenanza Nº 1978/97.-

ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Administración del Mercado de Frutos de Tigre.-


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1511/97