MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P9
Puerto
ORDENANZA 1978/97
TIGRE, 5 de noviembre de 1997.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 1978/97, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 28 de octubre de 1997, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º Fíjase en diez (10) años a partir de la fecha de promulgación de la presente, el plazo de arrendamiento y habilitación concedidos a la firma PLAYTRONIC S.R.L. por Resoluciones de Secretaría de Gobierno números 999/97 y 1568/97, para explotar los rubros “parque de diversiones y anexo locales comerciales y parquización”, en el Mercado de Frutos de Tigre.-
ARTICULO 2º Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 28 de octubre de 1997.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1º Promúlgase la Ordenanza Nº 1978/97.-
ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Administración del Mercado de Frutos de Tigre.-
Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1511/97