MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P5
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ORDENANZA 1975/97
TIGRE, 5 de noviembre de 1997.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 1975/97, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 28 de octubre de 1997, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO_1º Con relación a la Ordenanza 958/89 modificar en el Capítulo II “Anuncios Prohibidos” Art. 10, Inciso 3 que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 10º) Queda prohibido anunciar en los lugares que se indican a continuación:
3) Arboles, señales viales o sus estructuras portantes, postes de alumbrado público y teléfono, excepto en indicadores de nombres de calles”.
ARTICULO_2º Comuníquese al D.E. a sus efectos.
SALA DE SESIONES, 28 de octubre de 1997.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1º Promúlgase la Ordenanza Nº 1975/97.-
ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Habilitaciones de Comercios e Industrias. Por la Dirección de Despacho General incorpórese la modificación como texto ordenado de la Ordenanza 958/89.-
Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1508/97