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Publicidad - Ordenanza 1975/97

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P5
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ORDENANZA  1975/97

TIGRE, 5 de noviembre de 1997.-

VISTO:
   La Ordenanza Nº 1975/97, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 28 de octubre de 1997, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO_1º Con relación a la Ordenanza 958/89 modificar en el Capítulo II “Anuncios Prohibidos” Art. 10, Inciso 3 que quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 10º) Queda prohibido anunciar en los lugares que se indican a continuación:

3) Arboles, señales viales o sus estructuras portantes, postes de alumbrado público y teléfono, excepto en indicadores de nombres de calles”.

ARTICULO_2º Comuníquese al D.E. a sus efectos.


SALA DE SESIONES, 28 de octubre de 1997.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1º  Promúlgase la Ordenanza Nº 1975/97.-

ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Habilitaciones de Comercios e Industrias. Por la Dirección de Despacho General incorpórese la modificación como texto ordenado de la Ordenanza 958/89.-

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1508/97