logo tigre
spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

Imprimir
PDF

Infraestructura Desagues - Decreto 1889/98

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto I8
Infraestructura Desagues


DECRETO  1889/98

TIGRE, 30 de diciembre de 1998.-


VISTO:
   La necesidad de cruzar un predio privado con conductos de desagües pluviales, correspondientes a la obra de pavimentación de la calle Brandsen, General Pacheco, que se ejecuta por el sistema de pavimentos UGE, y,  

CONSIDERANDO:

   Que e propietario del predio en cuestión ha firmado acuerdo para la servidumbre de paso que posibilitará la obra en cuestión, correspondiendo en consecuencia su aprobación y puesta en vigencia.
   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones


DECRETA

ARTICULO_1.- Pónese en vigencia el acuerdo celebrado con el señor HUGO ARMANDO PITALA, destinado a servidumbre de paso para obras de desagües pluviales, que textualmente se transcribe:

Entre la Municipalidad de Tigre, representada en este acto por el titular del Departamento Ejecutivo, Contador Ricardo José Ubieto, en adelante LA MUNICIPALIDAD, con domicilio en Avda. Cazón 1514, Tigre,  y el señor Hugo Armando Pitala, D.N.I. 8.269.700, con domicilio en Gutemberg 990, General Pacheco, en adelante EL PROPIETARIO, se celebra el presente acuerdo conforme a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: EL PROPIETARIO otorga servidumbre de paso en el predio de su propiedad, que acredita con escritura cincuenta y nueve del 5 de febrero de 1987, Escribanía Felicitas Solana Costa, a su favor de su señora esposa María Teresa Cariaga de Pittala, L.C. 5.941.915, designación catastral Circunscripción III, Parcela 455ª, para que LA MUNICIPALIDAD cruce el subsuelo del predio con un conducto de desagüe pluvial, parte de la obra de desagües pluviales de la calle Brandsen, de General Pacheco.

SEGUNDA: EL PROPIETARIO se compromete a mantener vigente la servidumbre de paso motivo del presente acuerdo, mientras dure la vida útil del desagüe pluvial en cuestión, a cuyos efectos permite el ingreso del personal técnico y de servicio de LA MUNICIPALIDAD para realizar los trabajos de instalación y de mantenimiento que fueren necesarios.

TERCERA: Se conviene que la presente servidumbre de paso se realiza en forma totalmente gratuita, sin cargo alguno para las partes, corriendo todos los gastos de la obra de desagüe pluvial por parte de LA MUNICIPALIDAD.

CUARTA: LA MUNICIPALIDAD se compromete a dejar la superficie del predio objeto de la presente servidumbre, en iguales condiciones a las encontradas al inicio de la obra de cruce del subsuelo

En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares del mismo tenor, en Tigre, a los dieciocho días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y ocho.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese. Cúmplase. Prosígase la tramitación correspondiente.-


Firmado: Eduardo H. Sofía , Secretario de Gobierno Interino. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1889/98

Se inscribió en el Registro de la Propiedad la presente servidumbre de paso por 23,76 m2.