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Taxis - Ordenanza 1889/96

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T8
Taxis 


ORDENANZA 1889/96

TIGRE, 16 de diciembre de 1996.-

VISTO:
   La Ordenanza Nº 1889/96, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 10 de diciembre de 1996, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO_1º Facúltase al D.E., a prorrogar por el término de hasta 1 (un) año lo estipulado en el Artículo 2.1.1. de la Ordenanza 1745/95 respecto de la antigüedad de las unidades.

ARTICULO 2.- Para poner en práctica lo expresado en el artículo 1º de la presente, se deben hacer por pedido unitario de cada interesado.

ARTICULO 3.- El Departamento Ejecutivo solicitará los estudios técnicos pertinentes para poder dar cumplimiento a la presente.

ARTICULO_4º Comuníquese al D.E. a sus efectos.


SALA DE SESIONES, 10 de diciembre de 1996.

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1º  Promúlgase la Ordenanza Nº 1889/96.-

ARTICULO 2º Por la Dirección General de Tránsito procédase a habilitar las unidades automotores que se presenten solicitando acogimiento a la Ordenanza 1889/96, previa rigurosa verificación mecánica integral con periodicidad trimestral.

ARTICULO_3º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Tránsito. Agréguese al expediente 4112-22.212/92.-


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1582/96