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Delegacion de Funciones - Ordenanza 1877/84

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto D12
Delegacion de Funciones 


ORDENANZA 1877/84

TIGRE, 10 de diciembre de 1984.-

VISTO:

Que el artículo 49 de la Ordenanza General N° 165/73 establece en su tercer párrafo, que el Intendente Municipal queda facultado para otorgar poder especial a un funcionario jerárquico a los efectos de firmar, en su nombre, los certificados de deuda correspondientes a las propiedades afectadas por la construcción de obras de infraestructura urbana costeada por los vecinos frentistas, y

CONSIDERANDO:

Que el enorme cúmulo de tareas administrativas que debe desempeñar el Departamento Ejecutivo aconseja la descentralización de funciones, en la medida en que ello resulte jurídicamente admisible, y las características inherentes al cargo del funcionario delegado permitan suponer que los trabajos serán realizados eficientemente.

Que tales circunstancias se reúnen en la especie, en tanto el aludido articulo 49 de la Ordenanza General 165/73 permite la delegación, y el funcionario a cargo de la Secretaria de Obras Públicas y Planeamiento resulta absolutamente idóneo en cuanto que está encargado del planeamiento y control de la ejecución de las obras públicas que se realizan en el Partido.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

 

ARTICULO 1.- Delégase, en los términos del articulo 49, 3er. párrafo, de la Ordenanza General 165/73, en el Secretario de Obras Públicas y Planeamiento la suscripción de los certificados de deuda a los que se refiere el citado articulo.
En dichos actos administrativos deberá indicarse que los mismos se suscriben por poder especial, en los términos del presente Decreto.

ARTICULO 2.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Obras Públicas y Planeamiento.

ARTICULO 3.- Dese al Registro Municipal de Normas.  Cúmplase por la Secretaria de Obras públicas y Planeamiento.

 

DECRETO 1877
FIRMADO: Canclini: Gobierno. Queralt: Obras Públicas y Planeamiento. Giordano: Intendente.