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Cementerios Municipales - Ordenanza 1788/96

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C15 
Cementerios Municipales 


ORDENANZA 1788/96


TIGRE, 17 de abril de 1996.-

VISTO:
   La Ordenanza Nº 1788/96, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 9 de abril de 1996, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º  Declárase de INTERÉS MUNICIPAL y de conservación permanente, la sepultura Nº 2, Sección 38, del Cementerio de Tigre, que guarda los restos mortales de quien en vida fuera el Dr. DELFÍN LEOCADIO GARASA, declarado “Ciudadano Ilustre del Partido de Tigre”, por Ordenanza 1426/93.-

ARTICULO 2º  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 9 de abril de 1996.

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1º  Promúlgase la Ordenanza Nº 1788/96.-

ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y cúmplase por la Administración del Cementerio de Tigre.
 

 

Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 394