MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto A9
Adquisiciones
ORDENANZA 1784/95
TIGRE, 4 de diciembre de 1995.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 1784/95, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 28 de noviembre de 1995, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º Facúltase al Departamento Ejecutivo en el marco del art. 161 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, a entregar a cuenta de precio, automotores y todo tipo de vehículos que se reemplacen por nuevas adquisiciones, los que serán tasados por la correspondiente oficina técnica, no pudiéndose aceptar propuestas inferiores al setenta y cinco por ciento (75%) de dicha tasación.
ARTICULO 2 Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1º Promúlgase la Ordenanza Nº 1784/95.-
ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase por la Dirección de Compras de la Secretaría de Economía y Hacienda.
FIRMADO: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
DECRETO Nº 1250
Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto