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Urbanismo - Ordenanza 1755/95

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto U2
Urbanismo


ORDENANZA 1755/95

TIGRE, 20 de octubre de 1995.-

VISTO:
   La Ordenanza Nº 1755/95, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 10 de octubre de 1995, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios con las Empresas Rincón de Milberg S.R.L. e Isla del Sol S.R.L. tendientes a la realización de los proyectos urbanísticos a que hacen referencia los expedientes municipales 4112-23776/92, 4112- 10160/94 y 4112- 12788/95, en el marco y de acuerdo a las pautas de la CARTA INTENCIÓN celebrada el 14 de Agosto de 1995, que textualmente se transcribe:

CARTA INTENCIÓN:

La presente carta intención se suscribe a efectos de convalidar la voluntad de las partes intervinientes para concretar, dentro del plazo de noventa días (90) a contar de la fecha de la firma de la presente , un convenio sujeto a las condiciones que se detallan:

I.- DE LAS PARTES INTERVINIENTES:

Las partes intervinientes del convenio que oportunamente se suscribirá son : La Municipalidad de Tigre, representada por su intendente Contador Ricardo J. UBIETO, con domicilio en la Av. Cazón 1514 de Tigre; la empresa Rincón de Milberg S.R.L. representada por los señores Francisco José BILLOCH y José A. MUÑIZ con domicilio en Belgrano 313, 3º piso of. 303, San Isidro y la empresa Isla del Sol S.R.L. representada por el Sr. Sabastián Alberto GONZALEZ, con domicilio en América 690 de San Isidro, estos últimos en sus caracteres de socios gerentes de sus respectivas sociedades.-

II.- DE LAS CONDICIONES PRELIMINARES

Las Empresas Rincón de Milberg S.R.L. e Isla del Sol S.R.L. se encuentran abocadas, cada una de ellas, al desarrollo de un emprendimiento urbanístico, como surge de las presentaciones que corren en los expedientes municipales 4112-23776/92 y 4112-10160/94 respectivamente, en una zona denominada Rincón de Milberg  del partido  de Tigre y que, por las características del terreno donde se hallan emplazados y su difícil acceso, representan emprendimientos de elevado interés para la Comuna de Tigre.-

III.- DE LOS ACUERDOS PREVIOS:

Conforme surge del expediente municipal 4112-12.788/95  las empresas Rincón de Milberg S.R.L. e Isla del Sol S.R.L. han firmado un acuerdo mediante el cual Isla del Sol S.R.L. se compromete a afectar un inmueble de su propiedad  y parte de otro, para facilitar el acceso a las fracciones que se pretende urbanizar, mediante la construcción de un puente sobre el Río de la  Reconquista, y la empresa Rincón de Milberg
S.R.L. se compromete a construir a su costo el referido puente y la pavimentación de las calles Chingolo, Tambo Nuevo y Juana de Arco desde la calle Liniers hasta el límite de la fracción de propiedad de esta última, es decir hasta la intersección con la calle Williams.

IV.- DEL OBJETO:

La presente CARTA INTENCIÓN que por este acto se suscribe, tiene por objeto lo siguiente:
1.- La empresa Isla del Sol S.R.L. afectará: el inmueble de su propiedad designado como fracción de terreno ubicada en la Planta Urbana de la Localidad de Rincón de Milberg del Partido de Tigre, la que es parte de la Manzana 54 hoy Manzana 324, Circunscripción I, Sección D, Fracción I, con una superficie según título de 2.709,80 metros cuadrados con todas las medidas, superficies, linderos y demás circunstancias que expresa su respectivo título de propiedad,  y parte de la Circunscripción I, Sección D, Manzana 321, Fracción I, con una superficie a determinar en la mensura que oportunamente se practicará; la primera de ellas para la construcción de un puente sobre el Río de la Reconquista y la segunda para la construcción de un tramo de calle desde dicho puente hasta la intersección con la calle Tambo Nuevo.-
2.- La empresa Rincón de Milberg S.R.L.:
2.1.- Afectará una superficie de 23.600 metros cuadrados para la construcción de un bulevar que es parte de los inmuebles de su propiedad catastrados como Circunscripción III, Sección U, Chacra 1 parcela 1 y chacra  3.-
2.2.- Construirá un puente de doble mano en vigas de hormigón pretensado, con limitador de altura y peso, sobre el Río de la Reconquista y en el predio afectado por la empresa Isla del Sol S.R.L.-
2.3.- Realizará la pavimentación de la calle Chingolo entre la calle Liniers y el puente a construir, la calle Tambo Nuevo entre dicho puente y la calle Juana de Arco  y la calle Juana de Arco entre las calles Tambo Nuevo y Williams.-
2.4.- Construirá un bulevar de doble mano de circulación desde la calle Williams hasta la calle Tuyutí, todo ello conforme a las especificaciones que oportunamente se convendrán y al croquis designado con la letra B que se encuentra agregado a fs.5 del expediente municipal 4112-12.788/95.-
3.- La Municipalidad de Tigre se compromete a solicitar al Honorable Concejo Deliberante la correspondiente  autorización para:
3.1.-  Desafectar del dominio público municipal 8.111,64 metros cuadrados correspondientes a tramos de las calles Romero, Sin nombre y Tambo Nuevo; 8023,30 metros cuadrados del dominio privado municipal correspondientes a dos excedentes fiscales catastrados como Circunscripción I, Sección D, Manzana 231, Parcela 2 y Circunscripción I, Sección D, Fracción 9, Parcela 2; ambas superficies comprendidas dentro del Proyecto de Urbanización de Isla del Sol S.R.L. que corre por expediente municipal 4112-23.776/92.-
3.2.- Desafectar del dominio público  municipal 22.557,63 metros cuadrados correspondientes a tramos de las calles Castiglioni, Irigoyen, Juana de Arco y Romero; 13.612,50 metros cuadrados del dominio privado municipal correspondientes a una reserva fiscal catastrada como  Circunscripción III, Sección U, Chacra 1, Parcela 2: ambas superficies comprendidas dentro del Proyecto de Urbanización de Rincón de Milberg S.R.L. que corre por expediente municipal 4112-10.160-95.-
3.3.- Afectar al dominio público municipal la superficie de 23.600 metros cuadrados, correspondiente al  bulevar y al puente,  así como el tramo de calle necesario que construirá la empresa Rincón de Milberg S.R.L.-
3.4. Suscribir los convenios que fueren necesarios, con las mencionadas empresas, ya sea de venta, cesión, transferencia, permuta o compra, según corresponda, a fin de poder concretar los PROYECTOS VIAL Y URBANÍSTICOS que surgen de las presentaciones que corren en los expedientes municipales 4112-10.160/94, 4112- 23.776/92 y 4112-12.788/95, los que deberán ajustarse a la normativa municipal vigente y de conformidad con las prescripciones de las leyes 8912/77, 9533/80 y Decreto Ley 6769/58 y modificatorias.- En prueba de conformidad y a su fiel cumplimiento, se firma la presente en tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en Tigre, a los 14  días del mes de Agosto de 1995.-

ARTICULO 2º Asimismo facúltase al Departamento Ejecutivo a  permutar, aceptar en donación y/o cualquier otra forma de adquirir el dominio de inmuebles privados; así como transferir, vender, permutar, afectar, desafectar bienes del dominio público o privado municipal, celebrar convenios con organismos estatales y/o privados y realizar cuantos más actos fueren necesarios para la realización de la sistematización vial propuesta y la concreción de los proyectos urbanísticos de los que dan cuenta los expedientes municipales mencionados.-

ARTICULO 3º: Facúltase al D.E. a la contratación de personal técnico y/o profesional especializado en los temas específicos de las obras a desarrollarse, ya sea para la evaluación de los proyectos, dirección de obra y asesoramiento para todos aquellos casos en que la Municipalidad no cuente con personal idóneo.-

ARTICULO 4º: El D.E. deberá informar en forma paulatina y periódica al H.C.D. de los actos que celebre de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 2º de la presente ordenanza.-

ARTICULO_2º Comuníquese al D.E. a sus efectos.


SALA DE SESIONES, 10 de octubre de 1995.

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1º  Promúlgase la Ordenanza Nº 1755/95.-

ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y prosígase trámite por la Subsecretaría de Gobierno.
 

Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1084