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Terrenos Fiscales - Resolucion 1738/96

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T13
Terrenos Fiscales 


RESOLUCION 1738/96

TIGRE, 10 de septiembre de1996.-

VISTO:

   Que por Ordenanza 1818/96, se otorgó en comodato y a título de uso a la COMISIÓN ORGANIZADORA SEMANA DE BENAVIDEZ, Sociedad Civil sin fines de lucro, por el término de veinte (20) años, renovable por periodos de cinco (5) años, de común acuerdo entre el Departamento Ejecutivo y las autoridades de la Comodataria, el predio propiedad municipal identificado como Circunscripción III, Sección A, Manzana 74, destinado al cumplimiento de los fines estatutarios de la mencionada Comisión, y,

CONSIDERANDO:

   Que habiéndose procedido a la firma del respectivo comodato, corresponde cumplir la formalidad de darlo al registro municipal de normas.
   Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de sus facultades

RESUELVE

ARTICULO 1.- Incorpórase al Registro Municipal el comodato celebrado en cumplimiento de la Ordenanza 1818/96, que seguidamente se transcribe:

En la ciudad de Tigre, a los 30 días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y seis, entre la MUNICIPALIDAD DE TIGRE, representada en este acto por el Cdro. Ricardo José Ubieto, en adelante “EL COMODANTE” y la COMISIÓN ORGANIZADORA SEMANA DE BENAVIDEZ, SOC. CIVIL sin fines de lucro, en adelante “EL COMODATARIO”, hábiles para celebrar el presente contrato, resuelven otorgarlo sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA:  El comodante da en comodato, y a título de uso el inmueble de su propiedad identificado catastralmente como Circunscripción III, Sección A, Manzana 74.
SEGUNDA: El comodatario se compromete a utilizar exclusivamente el predio para desarrollar actividades recreativas, como las que viene realizando en la localidad de Benavidez, con expresa prohibición de uso distinto al acordado.
TERCERA: El comodatario recibe el inmueble en el estado en que se encuentra, recibiéndolo de conformidad, y comprometiéndose a entregarlo en iguales condiciones a la finalización del periodo acordado.
CUARTA: El comodatario no podrá hacer uso del predio sin previa aprobación por parte del comodante del cronograma de obras y programas de trabajo.
QUINTA: El plazo del presente contrato de comodato es por el término de veinte (20) años, renovables por periodos de cinco (5) años, a partir de la firma del presente de común acuerdo entre el comodante y el comodatario.
SEXTA: Las partes constituyen domicilio legal en los siguientes lugares, el comodante, en la Municipalidad de Tigre Av. Cazón 1514, de la misma ciudad, y el comodatario, en Belgrano 234, (Parroquia), Benavidez. En los domicilios especiales constituidos podrán notificarse validamente todas las cuestiones atinentes al contrato celebrado.
SÉPTIMA: Las partes conviene someterse a la jurisdicción de loa Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de San Isidro, con exclusividad de cualquier otra.
Se firman dos ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto.

FIRMADO: Ricardo J. Ubieto, Intendente Municipal, Jorge R. Crotti, Presidente. Ilda Tomatis, Secretaria.

ARTICULO  2.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Municipal. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Delegación Municipal de Benavidez.


FIRMADO: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
RESOLUCION N° 1738