logo tigre
spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

Imprimir
PDF

Puerto - Resolucion 1735/95

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P9
Puerto 


RESOLUCION  1735/95

TIGRE, 19 de octubre de 1995.-

VISTO:

   Las presentes actuaciones por las cuales el señor Miguel Darezzo, representando a  los señores Luis María Facio, Alberto Rodriguez, Hugo Araujo y Oscar Folchieri, solicitan autorización para construir un muelle en dársena 3, calle de servicio S.E. y Río Luján, del Puerto de Frutos de Tigre,  y,

CONSIDERANDO:

Que si bien los mencionados dicen representar distintas entidades, no acreditaron en el expediente de referencia tal circunstancia, motivo por el cual debe entenderse que peticionan a título personal, conforme lo determina la Ordenanza General 267, Normas de Procedimiento Administrativo.
  
Que a fs. 9 la Secretaría de Obras Públicas aprueba el proyecto constructivo obrante a fs. 8 de estos actuados y da cuenta de la conveniencia de autorizar la construcción pretendida.
  
Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 912/93

RESUELVE

ARTICULO 1.- Autorízase a los señores Miguel Darezzo, DNI 11.032.028, Luis María Facio, L.E. 4.542.222, Alberto Rodriguez, DNI 4.429.068, Hugo Araujo, DNI 5.823.903 y Oscar Folchieri, CI 8.195.171, representados por el mencionado en primer término, a ocupar la vía pública para construir el proyecto de muelle obrante a fs. 7 del expediente 4112-12.400/95, en dársena 3, calle de servicio S.E. y Río Luján, del Puerto de Frutos de Tigre, sujeta a las siguientes condiciones:

1. El profesional designado deberá presentar documentación y cálculo estructural con anterioridad al comienzo de la obra.
2. Deberá acreditarse autorización de la Dirección Provincial de Hidráulica.
3. Los trabajos, plazo de obra, desarrollo de actividades en la vía pública y demás cuestiones relacionadas, se realizará bajo supervisión de la Secretaría de Obras Públicas.
4. El muelle construido integrará el patrimonio municipal y su uso no importará exclusividad de ningún tipo.
5. La utilización del muelle no comportar derecho de uso de vía pública para estacionamiento u otras actividades.

ARTICULO 2.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese por la Administración del Puerto de Frutos de Tigre. Verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Obras Públicas


FIRMADO: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
RESOLUCION Nº 1735