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Estacionamiento - Resolucion 1733/98

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E7
Estacionamiento 


RESOLUCION 1733/98

TIGRE, 1º de octubre de 1998.-


VISTO:
   Las presentes actuaciones por las cuales la Dirección General de Tránsito propone que en los pasajes, por tener dimensiones inferiores al común de las calles, se prohiba el estacionamiento sobre límite de acera de números domiciliarios impares, ya que estacionar en ambos lados produce conflicto de tránsito y disminuye el margen de seguridad, tanto para vehículos como para peatones, y,

CONSIDERANDO:
   Que esta Secretaría comparte en un todo el criterio expuesto, toda vez que se ajusta a las normas vigentes en materia de seguridad de tránsito y es compatible con las prescripciones del Código de Tránsito de la provincia de Buenos Aires.
Que a fs. Fs. 3 y 4 se expide la Dirección de Catastro informando los pasajes que se encuentran en las condiciones expuestas por la Dirección General de Tránsito.
   Por ello, el Secretario de Gobierno en uso de facultades delegadas por Decreto 697/97


RESUELVE

ARTICULO 1.- Prohíbese el estacionamiento de vehículos sobre límite de acera de números domiciliarios impares, por los motivos expuestos precedentemente, en los pasajes que seguidamente se detallan:

1. Pasaje Arias
2. Pasaje Ciudadela
3. Pasaje Lawson
4. Pasaje Melo.
5. Pasaje Otero
6. Pasaje San Pablo
7. Pasaje Santa Lucía.
8. Pasaje Schapapietra
9. Pasaje Schenone
10. Pasaje sin nombre, en Circunscripción I, Sección C, Manzana 241 a y b.
11. Pasaje Valle.

ARTICULO  2.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Tránsito. Por Subsecretaría Coordinadora de Planta Urbana, Rincón y Troncos del Talar, y por la Delegación Municipal de El Talar, instálense los carteles correspondientes para el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
RESOLUCIÓN N° 1733/98