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Orden Interno - Ordenanza 1718/93

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O1
Orden Interno 


ORDENANZA 1718/93

TIGRE, 15 de diciembre de 1993

VISTO:

    Que la Ordenanza 1519/93, modificó la estructura del TRIBUNAL DE FALTAS, estableciendo que a partir de la promulgación de dicha ordenanza funcione mediante un solo Juzgado, en reemplazo de los dos que lo constituyeron desde la sanción de la Ordenanza 391/86 hasta la sanción de la Ordenanza 1519/93, la cual entra en vigencia en forma inmediata a su promulgación, atento lo establecido en el art. 126 de la Ordenanza General 267, y,

CONSIDERANDO:

    Que los Juzgados Nros. 1 y 2 tienen igual capacidad, eficiencia e idoneidad.

    Que la Ordenanza 1519/93 no fija un criterio de selección para suprimir uno de los Juzgados.

    Que optar por un Juzgado resulta de cumplimiento obligatorio para este Departamento Ejecutivo.

    Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el art. 2 de la Ordenanza 1519/93

D E C R E T A

 

ARTICULO 1°  Suprímese de la estructura orgánica municipal el Juzgado de Faltas N° 2, a partir de la promulgación de la Ordenanza 1519/93.

ARTICULO 2° La Secretaría de Gobierno dispondrá del espacio físico donde funcionaba el Juzgado de Faltas N°2, conforme a las necesidades de servicio.

ARTICULO 3° Las causas contravencionales en trámite por ante el Juzgado de Faltas N°2, quedarán a cargo del Juzgado de Faltas N°1.

ARTICULO 4° Decláranse disponibles, con los alcances del Título II, Capítulo I, de la Ley 11.184, desde la fecha del presente y hasta el 28 de diciembre de 1993, a los agentes Dra. María del Carmen Bartoszyk de Ferrari, legajo 739; Dr, Raul Eduardo Botelli, legajo 2741 y Juan Carlos García, legajo 1558.

ARTICULO 5° Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 6° Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese por la Dirección General de Personal. Intervenga Area Patrimonio. Cúmplase por la Secretaría de Gobierno.

 

Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1718

 

     TIGRE, 15 de diciembre de 1993.

VISTO:

    Que por Decreto 1718/93, artículo 4°, se declaró la disponibilidad del personal del ex Juzgado de Faltas N°2, y,

CONSIDERANDO"

    Que corresponde determinar que dicha disponibilidad es sin obligación de prestar servicios.

    Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO 1° Déjase constancia que la disponibilidad dispuesta por el artículo 4° del Decreto 1718/93, es sin obligación de prestar servicios.

ARTICULO 2° Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 3° Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por intermedio de la Dirección General de Personal.

 

Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1719