MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16
Tasas Municipales
ORDENANZA 1707/95
TIGRE, 20 de junio de 1995.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 1707/95, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 13 de junio de 1995, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º Modifícase la ORDENANZA 1651/94, ORDENANZA IMPOSITIVA 1995, Capítulo XIII, “Derechos de Ocupación y Uso de Espacios Públicos”, Artículo 42, inciso B) “Por particulares o entidades no comprendidas en el inciso anterior:” subinciso 2- Superficies, Item g),1-, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Cuando se trate de materiales, máquinas para la construcción, por metro cuadrado o fracción, por mes $ 8,40,”
ARTICULO_2º Comuníquese al D.E. a sus efectos.
SALA DE SESIONES, 13 de junio de 1995.
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1º Promúlgase la Ordenanza Nº 1707/95.-
ARTICULO_2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase por la Secretaría de Economía y Hacienda.
Firmado
Dr. Alberto R. Wagener Alfredo Martinelli
A/c Sec. de Gobierno Intendente Municipal
Interino
DECRETO Nº 649