MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto M2
Muelles
DECRETO 1639/97
TIGRE, 11 de diciembre de 1997.-
VISTO:
Que se ha construido el muelle municipal ubicado en la margen derecha del Río Luján, a la altura de la prolongación de la calle Pirovano, y,
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario reglamentar su uso, destinando una escalera para el uso libre y público y otra para lanchas del servicio turístico debidamente habilitadas y autorizadas para este tipo de operaciones, conforme a la cantidad y capacidad que en cada autorización se determine.
Que asimismo debe prohibirse toda modificación estructural, ya sea para la venta de pasajes u otros servicios, a los efectos de preservar la obra realizada.-
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO_1.- Habilítase el muelle municipal construido en la margen derecha del Río Luján, a la altura de la prolongación de la calle Pirovano, destinándose la escalera Nº1, ubicada en el sector N.O. para el uso público de isleños, y la escalera Nº 2, ubicada en el sector S.E., para el servicio de transporte turístico debidamente habilitado, conforme a las autorizaciones que en cada caso emita la Secretaría de Gobierno.
ARTICULO 2.- Prohíbese a los usuarios o permisionarios del muelle municipal antes mencionado, realizar cualquier tipo de modificaciones o adaptaciones de la construcción existente, bajo apercibimiento de caducidad de las autorizaciones concedidas, ello sin perjuicio de iniciar las acciones contravencionales y legales que correspondieren.
ARTICULO_3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase. Tome conocimiento el Ente Municipal de Turismo y la Subsecretaría de Desarrollo Comunitario e Islas.
Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1639/97