MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E5
Eximiciones
DECRETO 1612/98
TIGRE, 18 de noviembre de 1998.-
VISTO:
Que el art. 92, tercer párrafo de la ordenanza Fiscal vigente para el ejercicio financiero 1998, y,
CONSIDERANDO:
Que el mencionado texto legal faculta a este Departamento Ejecutivo a eximir de oficio la Tasa por Servicios Municipales, a aquellos contribuyentes escuadrados como entidades de bien público, que mantengan las mismas condiciones de hecho y de derecho que los hicieron merecedores de la liberalidad en cuestión, durante el ejercicio anterior.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO_1.- Exímase de la tasa por Servicios Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 1998, a aquellos contribuyentes encuadrados como entidades de bien público, que mantengan las mismas condiciones de hecho y de derecho que los hicieron merecedores de al liberalidad en cuestión, durante el ejercicio anterior y, las mismas se encuentren contempladas mediante Decreto del Departamento Ejecutivo.
ARTICULO_2.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.-
ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese y dese amplia difusión. Notifíquese a los contribuyentes beneficiarios a través de Area Entidades de Bien Público. Cúmplase por la Subsecretaría de Recursos Tributarios dependiente de la Secretaría de Economía y Hacienda. Tome conocimiento Área Mesa de Entradas y Salidas.
Ernesto G. Casaretto
Secretario de Gobierno FIRMADO Ricardo J. Ubieto
Cdor.Pub.Nac.
Intendente Municipal
Cdor. Hugo Leber
Secretario de Economía y Hacienda
DECRETO Nº 1612
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto