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Tasas Municipales - Decreto 465/14

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16
TASAS MUNICIPALES


DECRETO 465/14

CORRESPONDE EXPTE. 4112-14540/14
TIGRE,  11 de abril de 2014.-

VISTO:
Los artículos 5 y 12 de la Ordenanza 3395/13, Ordenanza Impositiva para el año 2014, Título “Contribución de Protección Ciudadana”, y,

CONSIDERANDO:
Que corresponde determinar la modalidad de distribución de los fondos recaudados por dicha contribución y asimismo conceder subsidios conforme el porcentual de transferencia para cada entidad de Bomberos Voluntarios, de acuerdo a su capacidad operatoria y conforme las modalidades que a tal efecto establezca este Departamento Ejecutivo.
Que la Secretaría de Protección Ciudadana informa que el porcentual de transferencia para cada entidad de Bomberos Voluntarios será idéntico al del ejercicio anterior, establecido en el Decreto 323/2013.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1.- La Municipalidad destinará el 50% de los fondos recaudados mensualmente en concepto de contribución para el sistema de “Protección Ciudadana”, al financiamiento de operatoria del sistema de cámaras de seguridad instaladas en el distrito. Del monto remanente de la recaudación producida, la Municipalidad transferirá mensualmente, a mes vencido, el 45%, en concepto de contribución para el sistema de “Protección Ciudadana” o el monto equivalente a lo transferido por idéntico período durante el año 2013 en igual concepto, el que resulte superior, con cargo de rendir cuentas.
ARTICULO_2.- Concédese a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Tigre, con domicilio en la calle Pedro Guareschi 444, Tigre, un subsidio con cargo de rendir cuentas por la suma de pesos que resulte de aplicar el treinta por ciento (30 %) al monto previsto en el último párrafo del articulo 1º del presente Decreto.
ARTICULO_3.- Concédese a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de General Pacheco, con domicilio en calle Hipólito Yrigoyen 560, General Pacheco, un subsidio con cargo de rendir cuentas por la suma de pesos que resulte de aplicar el veintitrés con treinta y tres por ciento (23,33 %) al monto previsto en el último párrafo del articulo 1º del presente Decreto.
ARTICULO_4.- Concédese a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Don Torcuato, con domicilio en calle Ombú 2858, Don Torcuato, un subsidio con cargo de rendir cuentas por la suma de pesos que resulte de aplicar el veintitrés con treinta y tres por ciento (23,33 %) al monto previsto en el último párrafo del articulo 1º del presente Decreto.
ARTICULO_5.- Concédese a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Benavidez, con domicilio en calle La Rioja 1901, Benavidez, un subsidio con cargo de rendir cuentas por la suma de pesos que resulte de aplicar el veintitrés con treinta y tres por ciento (23,33 %) al monto previsto en el último párrafo del articulo 1º del presente Decreto.
ARTICULO 6.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará en la Partida específica del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 7.- Refrenden el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno, la señora Secretaria de Economía, Hacienda y Recursos Humanos y el señor Secretario de Protección Ciudadana.
ARTICULO 8.- Dése al Registro Municipal de Normas. Notifíquese. Cúmplase.

D102-MFM
BO.714
25-04-14

Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Alejandro D. Chavarría, Secretario de Gobierno.
Florencia Jalda, Secretaria de Economía y Hacienda.
Diego Santillán, Secretario de Protección Ciudadana

DECRETO N° 465/14