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Habilitaciones - Decreto 595/14

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H3
HABILITACIONES


DECRETO 595/14

CORRESPONDE EXPTE. 4112-6547/13
TIGRE, 5 de mayo de 2014.-

VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales la señora Cecilia Cristina Depetris, DNI 4.711.666, consulta la posibilidad de radicar el rubro “Geriátrico” en Circunscripción II, Sección D, Manzana 120, parcelas 1c y 1d, y,

CONSIDERANDO:

Que llamada a intervenir la “Comisión de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación del Partido de Tigre, artículo 7º de la Ordenanza 1894/96”,  concluye conforme disposición de fs. 35 que resulta procedente incluir el rubro consultado  como asimilable a “Instituciones Públicas o Privadas de Alojamiento”, dentro de los usos admisibles en la Planilla General de Usos, Anexo II del Decreto 2330/06, para zonas C4a, C4b y C4c, conforme copia digitalizada que se anexa al presente.
Que sin perjuicio de la decisión sobre radicación del rubro conforme se expone en el párrafo anterior, a fs. 37/46 la Dirección General de Medicina Asistencial se expide en forma favorable sobre el funcionamiento del rubro.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO_1.- Inclúyese el rubro “Geriátrico” asimilable al rubro “Instituciones Públicas o Privadas de Alojamiento” dentro de las admisibles en la Planilla General de Usos, Anexo II del Decreto 2330/06, para las zonas C4a, C4b y C4c.

ARTÍCULO 2.- Pónese en vigencia como reglamento para las habilitaciones del rubro “Residencias Geriátricas”, en todas las zonas en las que dicho uso es admisible sin establecer un mínimo de superficie para el predio involucrado, la previa consulta de evaluación favorable de la Subsecretaría de Política Sanitaria,  sin perjuicio del cumplimiento de la normativa vigente de orden nacional, provincial o municipal.

ARTÍCULO 3.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Control Urbano y Ambiental y la señora Secretaría de Política Sanitaria y Desarrollo Humano.

ARTÍCULO_4.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Habilitaciones de Comercios e Industrias, de la Secretaría de Control Urbano y Ambiental y por la Secretaría de Política Sanitaria y Desarrollo Humano.

C180
BO.715
21-05-14

Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Alejandro D. Chavarría, Secretario de Gobierno.
Carlos Vittor, Secretario de Control Urbano y Ambiental.
Malena Galmarini de Massa Secretaria de Política Sanitaria y Desarrollo Humano

DECRETO N° 595/14