MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E7
Estacionamiento
ORDENANZA 1475/93
TIGRE, 17 de marzo de 1994.-
VISTO
La Ordenanza 1475 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 26.10.93, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º Prohíbese el estacionamiento de vehículos, durante las 24 hs., en la calle Celina Boena entre Madero y fondos del Club Nahuel de Tigre.
ARTICULO 2º El D.E., efectuará la colocación de "CARTELES INDICADORES" en el lugar mencionado.
ARTICULO 3º Comuníquese al D.E. a sus efectos.
SALA DE SESIONES, 26 de octubre de 1993.-
y CONSIDERANDO
Que a fs. 7 se expide la Comisión de Obras Públicas, Seguridad y Planeamiento, del Honorable Concejo Deliberante, respondiendo a la solicitud de este D.E. formulada a fs. 6, aclarando que la prohibición de la Ordenanza 1475/93, se refiere a los días viernes, sábados, domingos y feriados, en ambas manos.
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º Regístrese la Ordenanza 1475/93, quedando prohibido el estacionamiento de vehículos en ambas manos de la calle Celina Boena entre Madero y fondos del Club Nahuel de Tigre, durante las 24 horas de los días viernes, sábados, domingos y feriados.
ARTICULO 2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase el art. 2º de la Ord. 1475/93 y 1º del presente, por la Secretaría de Servicios Municipales y verifíquese por la Dirección General de Tránsito.
FIRMADO: CASARETTO SEC. DE GOBIERNO. UBIETO INTENDENTE
DECRETO Nº 264/94.-