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Estacionamiento - Ordenanza 1475/93

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E7
Estacionamiento 


 ORDENANZA 1475/93 

 TIGRE, 17 de marzo de 1994.-

VISTO

   La Ordenanza 1475 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 26.10.93, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º  Prohíbese el estacionamiento de vehículos, durante las 24 hs., en la calle Celina Boena entre Madero y fondos del Club Nahuel de Tigre.

ARTICULO 2º El D.E., efectuará la colocación de "CARTELES INDICADORES" en el lugar mencionado.

ARTICULO 3º Comuníquese al D.E. a sus efectos.


SALA DE SESIONES, 26 de octubre de 1993.-

y CONSIDERANDO

   Que a fs. 7 se expide la Comisión de Obras Públicas, Seguridad y Planeamiento, del Honorable Concejo Deliberante, respondiendo a la solicitud de este D.E. formulada a fs. 6, aclarando que la prohibición de la Ordenanza 1475/93, se refiere a los días viernes, sábados, domingos y feriados, en ambas manos.

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º Regístrese la Ordenanza 1475/93, quedando prohibido el estacionamiento de vehículos en ambas manos de la calle Celina Boena entre Madero y fondos del Club Nahuel de Tigre, durante las 24 horas de los días viernes, sábados, domingos y feriados.

ARTICULO 2º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 3º Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase el art. 2º de la Ord. 1475/93 y 1º del presente, por la Secretaría de Servicios Municipales y verifíquese por la Dirección General de Tránsito.

 


FIRMADO: CASARETTO SEC. DE GOBIERNO. UBIETO INTENDENTE

DECRETO Nº 264/94.-