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Orden Interno - Decreto 1422/96

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O1
Orden Interno 


DECRETO 1422/96

TIGRE, 29 de octubre de 1996.-

VISTO:

   Que por Ley 11.757, se instituyó el día 8 de noviembre como DÍA DEL TRABAJADOR MUNICIPAL, conforme al texto que seguidamente se transcribe:

ARTICULO 107: Institúyese el ocho (8) de noviembre de cada año, como “Día del Trabajador Municipal", fecha en la cual los trabajadores municipales gozarán de asueto conforme a las modalidades que establezca el Departamento Ejecutivo a  fin de garantizar la prestación de los servicios públicos indispensables.

CONSIDERANDO:

   Que la mencionada norma unificó este criterio en toda la provincia de Buenos Aires, motivo por el cual no resulta aplicable la norma establecida por Ordenanza 922/88 que propiciaba el corrimiento a día lunes del feriado que por igual motivo había instituido la derogada Ordenanza 380/86.

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

 

ARTICULO_1.- Establécese en carácter reglamentario del artículo 107 de la Ley 11.757, que el feriado dispuesto con motivo de celebrarse cada 8 de noviembre el “Día del Trabajador Municipal”, se efectivizará el mismo día, sin el corrimiento a día lunes establecido para los feriados de carácter nacional (Leyes 23.555 y 24.445).

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Por la Dirección General de Personal notifíquese a todas las dependencias municipales.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1422/96