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Via Publica - Decreto 1350/97

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto V1
 Via Publica


DECRETO  1350/97 

TIGRE, 16  de septiembre de 1997.-

VISTO:

   El presupuesto de vicio en la obra  o en la instalación realizada, en aquellas obras no alcanzadas por la Ordenanza General 165,  cuya regulación en general corresponde a la Ordenanza 320/82, y, 

CONSIDERANDO:

   Que tal presupuesto puede afectar a esta Municipalidad y/o a los vecinos comprendidos en el área.

   Que corresponde requerir una garantía adecuada a las empresas contratistas que cubra el daño emergente de los vicios de la obra que afecte a la Municipalidad o a los vecinos comprendidos en el área.
  
   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO_1.- Las empresas que obtengan autorización para efectuar trabajos en la vía pública no comprendidos en la Ordenanza General 165, deberán satisfacer una garantía por un valor igual al cinco por ciento (5%) del monto total de la obra, en efectivo, fianza bancaria, títulos de renta pública al tipo de cotización oficial de la Bolsa de Comercio o póliza de caución, en todos los casos, a la orden de la Municipalidad, que estará destinado a cubrir el daño emergente de los vicios de la obra que afecte a la Municipalidad o a los vecinos comprendidos en el área, la que será satisfecha  en oportunidad de cumplirse el inciso 2 del art. 1º del Decreto 152/93, reglamentario de la Ordenanza 320/82.

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de redes Urbanas. Tome conocimiento la Tesorería Municipal.-

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1350/97