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Cementerios Municipales - Ordenanza 1305/92

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C15
Cementerios  Municipales 


 ORDENANZA 1305/92

TIGRE, 3  de septiembre de 1997.-

VISTO:

   Las presentes actuaciones por las cuales la empresa United Technologies Autmotive Argentina S.A., solicita autorización para que la empresa Hubner Argentina Gomas y Plásticos S.A. opere dentro del predio habilitado a la empresa mencionada en primer término, y, 

CONSIDERANDO:

   Que a fs. 3 obra certificado de habilitación para el rubro elaboración y distribución de Partes Automotores, en la Circunscripción III, Sección H, Rural 177f a favor de United Technologies Autmotive Argentina S.A.-

   Que a fs.  La Subsecretaría de Recursos Tributarios de la Secretaría de Economía y Hacienda informa que corresponde similar tratamiento al dispuesto por Decreto 575/96 para las empresas que operan dentro del predio habilitado a la firma Autolatina Argentina S.A.
 
   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

 

ARTICULO 1.- Exímese a las personas físicas y jurídicas que desarrollen actividades industriales en carácter de exclusivos proveedores de bienes y/o servicios United Technologies Autmotive Argentina S.A., del cumplimiento de los puntos 3.1.3., 3.1.6. y 3.1.7. del Artículo 3° del Decreto 954/95 para el otorgamiento de la habilitación municipal, los cuales deberán ajustar el trámite a lo que en adelante se reglamenta.

ARTICULO 2.- DE LA PRESENTACIÓN
a) Nota solicitud de habilitación de uso industrial del inmueble para desarrollo de actividades industriales en el carácter de exclusivo proveedor de bienes y/o servicios de United Technologies Autmotive Argentina S.A.
b) Copia autenticada de documento de identidad (personas físicas) ó contrato social (personas jurídicas) que acredite el cumplimiento de la Ordenanza General 267 en materia de personería y domicilio.
c) Plano de electromecánica o declaración jurada de las maquinarias instaladas con individualización de las mismas.
d) Declaración Jurada de Memoria técnica descriptiva del rubro, con constancia de personal empleado, potencia utilizada y riesgos acústicos, y residuos líquidos, sólidos, semisólidos y gaseosos generados.

ARTICULO 3.- DEL CURSOGRAMA
a) Inicio de expediente administrativo ante Mesa de Entradas, previo visado de la Dirección de Habilitaciones de Industrias y Comercios, con la totalidad de la documentación exigida en el Artículo 2.
b) Informe emitido por la Dirección de Habilitaciones de Industrias y Comercios, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, respecto del cumplimiento de la Ordenanza 772/88 en lo referente a rubros prohibidos.
c) Resolución de la Secretaría de Gobierno otorgando o denegando la habilitación del inmueble para el uso industrial en el carácter de exclusivo proveedor de bienes y/o servicios de United Technologies Autmotive Argentina S.A.  La validez de la respuesta afirmativa quedará sujeta a la confirmación del cumplimento de la Ley 11.459 y normas complementarías dentro de los plazos exigidos por la citada normativa.
d) Notificación de la habilitación de uso industrial del inmueble por intermedio de la Dirección de Habilitaciones de Industrias y Comercios.
e) Intervención de la Secretaría de Economía y Hacienda para verificación del cumplimento de las Ordenanzas Impositiva y Fiscal vigentes, con apertura del legajo tributario respectivo.
f) Intervención de la Dirección General de industrias para verificación del cumplimiento de la Ley 11.459 y normas complementarías por ante la autoridad de aplicación correspondiente conforme la citada normativa.
g) Presentada la constancia de obtención o exención del certificado exigido según Ley 11.459 y normas complementarias, se confirmará la habilitación municipal del inmueble cuya validez quedará sujeta a igual plazo de vigencia de la autorización de desarrollo de actividades industriales prevista en la legislación mencionada.

ARTICULO 4.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.-

ARTICULO 5.- Dese al Registro Municipal de Normas.  Cúmplase por la Dirección General de Habilitaciones de Industrias y Comercios y por la Dirección General de Industrias y Política Ambiental.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1305/97