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Orden Interno - Decreto 1298/94

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O1
Orden Interno


DECRETO 1298/94

TIGRE, 18 de noviembre de 1994.

VISTO:
   

Que el artículo 40 de la Ordenanza N° 380/86, establece que el personal de planta permanente hará uso de licencia anual por descanso, con arreglo a los turnos que al efecto se establezcan, y,

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario que dichos turnos garanticen la atención de casos urgentes y la prestación de servicios indispensables.

Que la experiencia recogida indica como más conveniente el sistema de feria administrativa en el mes de enero, que permite el pleno funcionamiento municipal a partir del 1° de febrero.

Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO_1° Desde el 1° hasta el 31 de enero de 1995, la Municipalidad de Tigre funcionará con régimen de FERIA ADMINISTRATIVA, con atención de los servicios municipales indispensables y suspensión de los plazos previstos en la Ordenanza General 267.

ARTICULO_2º Los señores Secretarios arbitrarán las medidas necesarias para el cumlimiento del artículo anterior, observando las siguientes condiciones:

2.1. El noventa por ciento (90%) del personal comprendido en la Ordenanza 380/86, deberá hacer uso de la licencia por descanso anual correspondiente al año 1994, y anteriores  reservadas por razones de servicio, fijando los turnos internos de manera de cubrir las guardias con el personal que posee plazo de licencia inferior al de la feria. Sólo en caso de imposibilidad de emplear este sistema,  podrá recurrirse a la postergación por razones de servicio.

2.2. La feria no alcanza a las actividades reguladas por la Ordenanza Fiscal e Impositiva, los servicios municipales, las prestaciones de salud, los servicios indispensables en los Cementerios Municipales y las actividades contables   reguladas por norma expresa.

ARTICULO_3°  Refrende  el presente Decreto el  señor   Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4° Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Exhíbase en cartelera municipal central y delegaciones municipales.

 

FIRMADO: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
PROMULGADA POR DECRETO Nº 1298/94 DEL 18 DE NOVIEMBRE DE 1994