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Puerto de Frutos - Decreto 1258/94

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P9
Puerto de Frutos 


 DECRETO 1258/94

TIGRE, 4 de noviembre de 1994.-

VISTO:
   Que el régimen tarifario del Mercado de Frutos de Tigre, prevé una reducción impositiva para los productores del Delta, y,

CONSIDERANDO:

   Que resulta necesario reglamentar la acreditación de la condición de productor del Delta, a los efectos de garantizar que este beneficio recaiga exclusivamente sobre los productores, asegurando el estricto cumplimiento de las previsiones del  régimen tarifario vigente.

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO_1º Los arrendatarios, concesionarios, usuarios, etc., del Mercado de Frutos de Tigre, que soliciten acogimiento a los beneficios de reducción del régimen tarifario para "PRODUCTORES DEL DELTA", deberán presentar en el plazo de quince (15) días a partir de su notificación, además de las certificaciones del IFONA o del INTA previstas en la Ordenanza Impositiva vigente, los siguientes elementos probatorios de su condición:

1.1. Título de propiedad que acredite su titularidad de dominio de inmueble destinado a explotación productiva en la zona de Islas del Delta del Paraná.

1.2. Constancia de inscripción como productor en el Impuesto al Valor Agregado.    

1.3. Presentación de copia de declaración jurada al Impuesto a las Ganancias, de la cual deberá surgir que el rubro principal de su actividad es productor de "productos primarios del Delta".

1.4. Declaración jurada de realización de actividades productivas en la zona de Islas del Delta del Paraná, acorde a los rubros que explota en el Puerto de Frutos de Tigre.

ARTICULO_2º La Municipalidad procederá a realizar, en caso de considerarlo necesario, inspecciones a efectos de verificar lo manifestado en las declaraciones juradas, y en caso de comprobarse la falsedad de lo declarado  procederá la caducidad del arrendamiento o permiso concedido, sin perjuicio del inicio de actuaciones contravencionales. 

ARTICULO_3º Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4º Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese a los actuales arrendatarios por intermedio de la Administración del Mercado de Frutos. Publíquese. Exhíbase en cartelera.


FIRMADO: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.

         DECRETO Nº 1258/94