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Infraestructura Agua - Decreto 1215/95

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto I1
Infraestructura Agua 


DECRETO 1215/95

TIGRE, 22 de noviembre de 1995.-

VISTO:

   Que por Decreto 931/95, convalidado por Ordenanza 1748/95, promulgada por Decreto 1090/95, se aprobó y se puso en vigencia el convenio con el ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS -ETOSS-, destinado a establecer en el Partido de Tigre una “Oficina de Reclamos”, y, 

CONSIDERANDO:

   Que se ha procedido a celebrar contrato de locación a los efectos de destinarlo como sede de dicha oficina, conforme al siguiente texto:

CONTRATO DE LOCACION: Entre el CLUB DE LEONES DE EL TALAR, con domicilio en Las Heras nº 1679 de El Talar, Partido de Tigre, representado en este acto por el SR. RAUL MISSON, con L.E. nº 4.888.319, en su carácter de PRESIDENTE del mismo, en adelante denominado el LOCADOR, por una parte, y la MUNICIPALIDAD DE TIGRE, representada en este acto por el señor INTENDENTE MUNICIPAL, CDOR. RICARDO JOSE UBIETO, con domicilio en la av. Cazón 1514 de la localidad y Partido de Tigre, en adelante denominado el LOCATARIO, por la otra, convienen celebrar el presente contrato de locación sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: El locador da en locación al locatario un inmueble de su propiedad ubicado en la calle Las Heras nº 1681/1685 de la localidad de El Talar del Partido de Tigre, que consiste en un local en planta baja constituido por dos salones, los que encierran una superficie total de 85,50 m2, y dos baños instalados.-

SEGUNDA: El inmueble objeto de la locación será destinado al funcionamiento de las oficinas del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS) DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA NACION y de la CASA DE TIERRAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-

TERCERA: La presente locación se pacta por el término de tres (3) años, contados a partir del 1º de noviembre de l995, venciendo en consecuencia el 31 de octubre de l998.-

CUARTA: El precio de la presente locación se pacta en la suma de PESOS OCHOCIENTOS ($ 800.-) mensuales,  la que se abonará del 1º al 10 de cada mes en la Tesorería Municipal, sita en el domicilio de la Municipalidad.-

QUINTA: El bien objeto de la presente locación se recibe en el estado de conservación en que se encuentra y que las partes manifiestan conocer.-

SEXTA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato las partes constituyen en legales los domicilios enunciados en el encabezamiento y se someten a la jurisdicción del Departamento Judicial de los Tribunales Ordinarios de San Isidro. En prueba de conformidad y a su fiel cumplimiento se firma el presente en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Tigre, Partido del mismo nombre, a       días del mes de             noviembre del año mil novecientos noventa y cinco.-
  
   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO_1.- Apruébase y pónese en vigencia el contrato de locación celebrado con el Club de Leones de El Talar, arrendado el inmueble ubicado en calle Las Heras Nº 1681/1685, de El Talar, destinado al funcionamiento de la “Oficina de Reclamos”, en cumplimiento de la cláusula 2º del convenio aprobado por Decreto 931/95 y Ordenanza 1748/95.

ARTICULO 2.- Déjase constancia que el inmueble motivo de estos actuados, se recibe con los siguientes elementos: dos ventiladores de techo con cuatro paletas de madera, en funcionamiento; veinticuatro spot de 50 W., 12 voltios, con transformador y dos calefactores en funcionamiento.

ARTICULO_3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y cúmplase por la Contaduría Municipal.-

 


FIRMADO: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.

DECRETO Nº 1215
Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto