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Via Publica - Ordenanza 1169/91

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto V1
Via Publica 


 ORDENANZA 1169/91 

 

ARTICULO 1.- Incorpórase al art. 14º, de la Ordenanza 958/89, Título: Según sus elementos portantes” el inciso d), conforme al siguiente texto: inciso d) Cestos de residuos en la vía pública, destinados a residuos ocasionales producidos por peatones.

ARTICULO 2.- Declárase de utilidad pública la instalación de cestos contenedores de residuos, en sectores de vía pública, destinados al uso de los peatones, visitantes y turistas.

ARTICULO 3.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a conceder permisos a particulares o empresas privadas que tomen a su cargo la instalación y conservación, de cestos contenedores de residuos en la vía pública, obteniendo compensación económica mediante la exhibición de publicidad adherida a los mismos.

ARTICULO 4.- En el Decreto de autorización el Departamento Ejecutivo especificará:

1. Ubicación de los cestos, con prioridad de los sectores visitados por el turismo.

2. Cantidad de cestos según zonas.

3. Características del cesto, tales como material del mismo, color, forma, sistema de cierre, sistema de vuelco, etc.

4. Superficie destinada a publicidad. Los aspectos específicamente publicitarios no contenido en la presente, se ajustaran a las prescripciones de la Ordenanza 958/89.

5. A opción del Departamento Ejecutivo podrán instalarse leyendas que indiquen el servicio que la Municipalidad presta con estos cestos u otras leyendas de interés comunitarios.

6. El gasto originado en la recolección de los residuos depositados en los cestos, y su disposición final en los lugares habilitados, se encuentra a cargo del Municipio.

ARTICULO 5.- La publicidad que se exhibe en los cestos comprendidos en la presente Ordenanza no estarán alcanzados por la Tasa Derechos de Publicidad mientras dure el plazo de concesión.

ARTICULO 6.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.

SALA DE SESIONES, 8 de octubre de 1991.

PROMULGADA POR DECRETO 2018 DEL  19/11/91