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Organigrama - Decreto 1165/96

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O2
Organigrama


DECRETO  1164/96 

TIGRE, 27 de agosto de 1996.-


VISTO:
  
   Que por Decreto 983/96, se encomendó al señor Subsecretario Don NICOLAS SPERANZA, la organización de la estructura administrativa necesaria para atender las cuestiones relacionadas con el “DESARROLLO COMUNITARIO”, y elaboración de la respectiva propuesta con proyecto de “Reglamento de Funciones”,  y, 

CONSIDERANDO:
  
   Que este Departamento Ejecutivo aprueba en un todo la propuesta elaborada, por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

 

ARTICULO_1.- Créase la “SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO E ISLAS”, la que integrará la estructura de la Secretaría de Gobierno incorporada como incisos 1.2. del Decreto 119/92, con las funciones que seguidamente se detallan:

1. Integrarse comunitariamente en todos sus niveles, lo cual se conseguirá mediante la coordinación y la acción conjunta de personas, instituciones, clubes sociales y deportivos, centros de jubilados y pensionados, sociedades de fomento, cooperativas, mutuales, cooperadoras, etc.
2. Movilizar los recursos físicos y humanos locales para su optimo aprovechamiento, estimulando especialmente el espíritu pionero y la imaginación creadora y fortalecer la conciencia y la solidaridad.
3. Entender en lo concerniente a la recreación y el turismo social, con vecinos e instituciones locales.
4. Realizar un desarrollo integral en la promoción y asistencia de la Comunidad mediante la coordinación de los esfuerzos de esta en la acción estatal, teniendo como fin el desarrollo social integral, que implica el desenvolvimiento pleno de todas las potencialidades de la persona humana.
5. Atender los requerimientos de la población isleña y coordinar la aplicación en dicha jurisdicción de las normativas vigentes.
 
ARTICULO 2.- Desígnase Subsecretario de Desarrollo Comunitario e Islas, al señor Subsecretario Don Nicolás Speranza.

ARTICULO_3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Personal. Tome conocimento Contaduría Municipal.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1165