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Orden Interno - Decreto 1162/95

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O1
Orden Interno 


DECRETO 1162/95

TIGRE, 9 de noviembre de 1995.-

VISTO:
  
Que la Ley 11.685 declara de interés provincial la reorganización de las estructuras administrativas y la racionalización y ordenamiento eficaz de los recursos humanos de las Municipalidades de la Provincia, sus entes descentralizados, organismos desconcentrados y todo otro ente en el que los Municipios o sus entes descentralizados tengan participación total o mayoritaria de capital o en la formación de las decisiones societarias, y,

CONSIDERANDO:
  
Que la mencionada Ley es de cumplimiento obligatorio en este Municipio, habiendo sido incluida por el art. 26 de la misma, en el cuerpo de atribuciones y deberes del Departamento Ejecutivo establecidos en el artículo 108 del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades”.
  
Que el artículo 27 de la Ley 11.685, determina que entrará en vigencia el día de su publicación el boletín Oficial, lo cual ocurrió el día 31 de octubre de 1995.-
  
Que si bien el mencionado artículo, en su párrafo final establece que “Todo conflicto normativo relativo a su aplicación deberá resolverse en beneficio de la presente Ley”, resulta necesario a los efectos de la coherencia normativa, registrar que por el caracter imperativo de la ley 11.685, se encuentra suspendida la vigencia de la Ordenanza 380/86 en todos aquello que se oponga a dicha ley.
  
Por ello Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º  Regístrese que por imperio de la Ley provincial 11.685, se encuentra suspendida la aplicación de la Ordenanza 380/86, sus modificatorias, ampliatorias y normas concordantes, en todo aquello que se oponga a las prescripciones de dicha Ley, durante el plazo de vigencia y sus prórrogas, modificaciones, ampliaciones y concordantes.

ARTICULO 2º Todo conflicto normativo relativo a la aplicación de la Ley 11.685, deberá resolverse en beneficio de dicha Ley.

ARTICULO 3º  Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 4º Dese al Registro Municipal de Normas. Por la Dirección General de Personal notifíquese a todo el personal municipal.

 


FIRMADO: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.

DECRETO Nº 1162
Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto