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Ferrocarriles - Decreto 1141/98

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto F2
Ferrocarriles 


DECRETO 1141/98

TIGRE, 6 de julio de 1998.-

VISTO:

   El acta celebrada el 19 de junio de 1998, entre esta Municipalidad, la Secretaría de Transporte, el ENABIEF, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte y la empresa Trenes de Buenos Aires S.A., relacionada con las transferencias de la vieja y nueva Estación ferroviaria Tigre,  y, 

CONSIDERANDO:

   Que corresponde registrar y poner en vigencia el mencionado convenio, de conformidad con las facultades concedidas por el artículo 2º de la Ordenanza 1569/94, que textualmente se transcribe:

ARTICULO 2º Asimismo, facúltase el Departamento Ejecutivo a transferir,  comprar, permutar inmuebles, desafectar calles, celebrar convenios y todos los actos enmarcados en la Ley Orgánica de las Municipalidades, Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración, Decretos Leyes 8912 y 9533, con entes del Estado Nacional o Provincial, FERROCARRILES ARGENTINOS, FEMESA, sus concesionarias, permisionarias o cualquier otra empresa pública o privada, tendiente a concretar la obra SISTEMATIZACION FERROVIAL Y URBANISTICA, conforme el anteproyecto que se adjunta a la presente.

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO_1.- Regístrase y pónese en vigencia el acta celebrada el 19 de junio de 1998, entre esta Municipalidad, la Secretaría de Transporte, el ENABIEF, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte y la empresa Trenes de Buenos Aires S.A., que textualmente se transcribe:

ACTA

En BUENOS AIRES a los 19 días del mes de Junio del año mil novecientos noventa y ocho, se reúnen el Señor SECRETARIO DE TRANSPORTE, Doctor Armando N. CANOSA; el Señor Presidente del ENABIEF, Doctor Matías Lucas ORDOÑEZ, el Señor Presidente de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, D. Roberto CIAPPA; todos organismos dependientes del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, el Señor Intendente Interino del Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, Concejal Hiram Antonio GUALDONI, según acta del 18 de Junio de 1998 que se adjunta como Anexo III y el Señor Representante General de TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA, concesionarios de los Grupos de Servicios 1 y 2, Líneas MITRE-SARMIENTO, Señor D. Francisco PAFUMI, en virtud del contrato de concesión aprobado por Decreto Nº 730 del 23 de mayo de 1995, con el objeto de acordar lo siguiente:

¬PRIMERA: Las partes manifiestan que el presente acuerdo es complementario del convenio suscrito con fecha 18 de agosto de 1994 referente a la construcción de la Nueva Estación Ferroviaria de Tigre y todas las obras de infraestructura conexas.-

¬SEGUNDA: Con fecha 4 de agosto de 1996 se inició el período de “marcha de ensayo” de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 19 del Anexo II y III  “Cláusulas Generales” del referido convenio suscripto entre FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANÓNIMA - MUNICIPALIDAD DE TIGRE, la que resultó satisfactoria.-

TERCERA: Resulta procedente acordar la desafectación y transferencia de la vieja Estación Tigre a la MUNICIPALIDAD DE TIGRE, así como la transferencia al Estado Nacional Argentino y la afectación de la nueva Estación Tigre al concesionario TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA.  La MUNICIPALIDAD entrega la nueva estación en los términos especificados en el Acta de Recepción de los Trabajos firmada en acto separado.
A la fecha queda pendiente de ejecución la prolongación de los andenes, tarea sobre la cual la MUNICIPALIDAD DE TIGRE asume la responsabilidad de su materialización en los términos especificados en el Acta - Compromiso que se incluye en la presente como Anexo II.-
¬Los Planos correspondientes a la delimitación del área sujeta a acuerdo, forman parte integrante de la presente como Anexo I.-

CUARTA: La SECRETARIA DE TRANSPORTE dispone la desafectación de la vieja Estación Tigre, integrante del área operativa de la concesión de los Grupos de Servicios 1 y 2, correspondiente a TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA y la afectación de la nueva Estación Tigre a favor de esta última.-

¬QUINTA: El ENABIEF, dispone la transferencia de la vieja Estación Tigre a favor de la MUNICIPALIDAD DE TIGRE, en virtud de lo dispuesto por el artículo 2º del Convenio mencionado en la cláusula Primera de este Acta y conforme lo dispuesto por el artículo 23 del Decreto 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996.-

¬SEXTA: La MUNICIPALIDAD DE TIGRE en su carácter de propietaria de los sectores circundantes a la nueva estación se compromete a que los mismos pasen a integrar el dominio público municipal para su utilización como vía pública y espacios verdes de uso público, no pudiendo darle otro destino en el futuro con excepción de las playas de estacionamiento que forman parte del dominio privado de la Comuna.  Asimismo la MUNICIPALIDAD se compromete a dictar las normas pertinentes que impidan en dicho sector circundante, incluidas las playas de estacionamiento, la habilitación comercial de puestos de venta o cualquier forma de actividad comercial que cambie el destino fijado.  TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA acepta expresamente el compromiso asumido por la MUNICIPALIDAD y se reserva el derecho de constituir un derecho real y perpetuo de servidumbre en los términos del Articulo 2970 y concordantes del Código Civil, que garantice la libre circulación de entrada y salida de los usuarios de la nueva estación como el mantenimiento de los espacios verdes circundantes de uso público en el estado actual en el que se encuentran.-

¬SÉPTIMA: Las partes pactan que las actividades comerciales a ser explotadas en los locales construidos dentro del edificio de la nueva estación ferroviaria se regirán conforme las previsiones contractuales que vinculan al ESTADO NACIONAL con el concesionario TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA.-

¬OCTAVA: La transferencia dispuesta en la cláusula quinta de la presente, se realiza libre de ocupantes y en los términos de la cláusula segunda del convenio de fecha 18 de agosto de 1994.-

¬NOVENA: Las partes acuerdan otorgar de manera recíproca y simultánea las respectivas escrituras traslativas de dominio, que se suscribirán dentro de los TRESCIENTOS SESENTA (360) días de la firma del presente debiendo el ENABIEF, en el término de NOVENTA (90) días, entregar la documentación necesaria para el otorgamiento de la escritura de la Vieja Estación Tigre a favor de la Municipalidad y concomitantemente la Municipalidad en el mismo término deberá entregar la documentación necesaria para proceder a escriturar a nombre del ENABIEF la nueva Estación Tigre .-

La presente Acta se suscribe “ad-referendum” del señor MINISTRO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.-

De conformidad se firman SEIS (6) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires a los    días del mes de      del año mil novecientos noventa y ocho.-

ACTA COMPROMISO
ANEXO I

En la ciudad de Tigre, a los veintiún días del mes de Enero de mil novecientos noventa y ocho, el señor Concejal del Concejo Deliberante del partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, en representación de la Intendencia Municipal de dicho partido, según autorización otorgada por el titular de la mencionada comuna, por Acta de transferencia del 2-1-98, D. Hiram GUALDONI, en relación al convenio suscripto con fecha 18 de agosto de 1997, referente a la construcción de la nueva Estación ferroviaria de Tigre y todas las obras de infraestructura conexas, que con fecha 4 de agosto de 1996 se inició el período de marcha de ensayo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 19 del Anexo II y III cláusulas generales, del referido convenio suscripto entre FERROCARRILES METROPOLITANOS S.A. y esta Municipalidad de Tigre, la que resultó satisfactoria y a los fines de la recepción definitiva de las obras ante el reclamo por parte de la gerencia de Infraestructura de Ferrocarriles Metropolitanos, esta Municipalidad asume formal compromiso para extender las cuatro plataformas existentes en la nueva estación ferroviaria de 175,9 metros a 208 metros, cuando se justifique por cuestiones operativas la necesidad de realizar dicha prolongación.-
¬Ello previa notificación a esta Municipalidad a los fines de realizar las previsiones presupuestarias en la materia.  La presente acta compromiso deberá agregarse a las correspondientes de recepción definitiva de las obras de infraestructura conexas.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase.-


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Hiram Gualdoni, Intendente Interino.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1141/98