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Adquisiciones - Ordenanza 1050/90

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto A9
Adquisiciones 


 ORDENANZA 1050/90 

ORDENANZA 1050/90

 

ARTICULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar convenios con las Escuelas Técnicas y  Profesionales Oficiales del Partido de Tigre a los efectos de adquirir bienes de uso.

ARTICULO 2.- Se podrá adquirir objetos de uso fabricados por los alumnos en los talleres pertenecientes a las escuelas oficiales a los efectos de equipar plazas, paseos, oficinas públicas, etc.

ARTICULO 3.- Las escuelas que suscriban los convenios respectivos estarán obligados autilizar los fondos recaudados en el equipamiento técnico de dichos talleres.

ARTICULO 4.- Las  adquisiciones que se concreten por el sistema propuesto por la presente no deberán superar el límite fijado por el art. 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 para la contratación directa.

ARTICULO5.- Previo a suscribir los convenios citados en el art. 1º el Departamento Ejecutivo deberá obtener autorización previa del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 para las contrataciones directas.

ARTICULO 6.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.

 

SALA DE SESIONES, 24 de julio de 1990.
FIRMADO: Innocenzi, Vicepresidente 1º a/c HCD. Sessarego, Secretario.

PROMULGADO POR DECRETO 1998, del 21 de agosto de 1990.-