MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto V1
Via Publica
DECRETO 1014/99
TIGRE, 1º de junio de 1999.-
VISTO:
Que en la calle Independencia, frente al Nº 9, en Troncos del Talar, existe una ermita conocida como “GAUCHITO ANTONIO GIL”, y,
CONSIDERANDO:
Que los vecinos del lugar han solicitado a esta Municipalidad la cancelación de la orden de desalojo de la vía pública, y la permanencia en el lugar de la ermita en cuestión.
Que puede acceder a la petición vecinal en forma precaria y esencialmente revocable, sujeta al permanente control a efectos de verificar que no se produzca entorpecimiento ni dificultades al tránsito.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO_1.- Autorízase en forma precaria, esencialmente revocable, el emplazamiento de la ermita denominada “GAUCHITO ANTONIO GIL”, en la calle Independencia, a la altura del Nº 9, Troncos del Talar, sujeto a que no se produzca entorpecimiento de la libre circulación pública.
ARTICULO 2.- Encomiéndase a la Delegación Municipal Troncos del Talar la supervisión de las condiciones dispuestas en el artículo anterior.
ARTICULO_3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Delegación Municipal Troncos del Talar. Tome conocimiento la Subsecretaría de Inspección General y la Dirección General de Tránsito.
Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Hiram A. Gualdoni, Intendente Interino.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1014/99